NIEMETZ RUBEN ALBERTO Y OTRO/A C/ MUÑOZ DANIEL MARCELO Y OTRO/A S/ PROPIEDAD HORIZONTAL-CUESTIONES E/PROPIETARIOS
Los actores solicitaron que se condene a los copropietarios demandados a otorgar la escritura de modificación del Reglamento de Propiedad Horizontal para adecuarlo al plano de 2001. El Tribunal rechazó la demanda por no acreditarse la existencia de una obligación jurídicamente exigible de los demandados ni el acta de asamblea que habilite la modificación, y rechazó asimismo la imposición de astreintes.
¿Quién es el actor?
Ruben Alberto Niemetz y Jorge Aníbal Niemetz.
¿A quién se demanda?
Daniel Marcelo Muñoz y Andrea Viviana Colman.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que los demandados otorguen la escritura de modificación del Reglamento de Copropiedad y Administración del inmueble sito en calle 9 de Julio 89/99, a efectos de adecuarlo al plano de modificación aprobado en 2001; además solicitaron la imposición de astreintes hasta la suscripción.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda y la petición de astreintes; se impusieron las costas a la parte actora vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el caso, se encuentra acreditada la existencia del plano de modificación correspondiente al año 2001 y su aprobación por la autoridad catastral... Sin embargo, de ello no se sigue necesariamente que los demandados se encuentren obligados, en los términos pretendidos en la demanda, a otorgar el instrumento modificatorio del reglamento."
"Debe ponderarse especialmente que la propia prueba pericial da cuenta de que no fue acompañado un acta de asamblea que acreditara la aprobación de las obras y modificaciones por parte de los propietarios... No basta, entonces, con acreditar que existió una determinada manifestación de voluntad en oportunidad de confeccionarse el plano ni que éste obtuvo aprobación administrativa; es necesario demostrar que existe actualmente una obligación concreta, determinada y jurídicamente exigible de los demandados de otorgar el acto pretendido."
"La prueba pericial producida en autos permite advertir que con posterioridad a aquella modificación se verificaron nuevas intervenciones y modificaciones físicas en distintas unidades funcionales, circunstancia que impide considerar que la mera instrumentación del reglamento sobre la base del plano de 2001 permita, sin más, solucionar la totalidad de la situación jurídica y material actualmente existente."
"La carga de la prueba de los presupuestos de hecho de la pretensión corresponde a quien afirma la existencia de un derecho y procura obtener su reconocimiento judicial (Art. 375 del C.P.C.C.)... No advierto que tal extremo haya sido demostrado con el grado de certeza necesario para admitir una condena de la naturaleza pretendida, toda vez que no ha sido acreditada la celebración de la Asamblea que autorice a la modificación del Reglamento."
"Las sanciones conminatorias previstas por el ordenamiento jurídico tienen por finalidad forzar al cumplimiento de una obligación cuya existencia y exigibilidad se encuentren determinadas. Si no se encuentra acreditado que los demandados tengan actualmente una obligación jurídicamente exigible de otorgar el acto pretendido, tampoco corresponde establecer una sanción pecuniaria destinada a obligar su cumplimiento."
¿Cómo votaron los jueces?
único juez, Guillermo A. Oyhanart. Bloque dispositvo final: "I) Rechazar la demanda... II) Rechazar la imposición de astreintes. III) Imponer las costas a la parte actora vencida (Art. 68 del C.P.C.C.)...".
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Normas que cita
- Ley 13.512 (Provincia De Buenos Aires / Nacional)
- CCyCN (Código Civil y Comercial de la Nación)arts. 2037, 2056, 2057, 2058
- CPCC (Código Procesal Civil y Comercial) / CPCCN (según mención Art. 384 y 375) (Provincia De Buenos Aires / Aplicable Localmente)art. 384
- CPCC (Código Procesal Civil y Comercial)arts. 375, 68
Fallos que cita
- Rivada, Guillermo Mario contra Orlandi, Pedro Juan CarlosSCBA La Plata C 121043 S 07/02/2018 · 07/02/2018
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