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Cámara de Apelaciones

FRANK, DANIEL OSVALDO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA- Y OTRO s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

El actor reclamó la incorporación al haber de retiro del adicional por zona austral previsto en el art. 1 de la ley 19.485 con retroactividad. La Cámara Federal de Bahía Blanca rechazó la apelación del Estado y confirmó la sentencia de primera instancia reconociendo el derecho al adicional y la retroactividad, con costas a la demandada y deferimiento de la regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA
Fuero
FEDERAL DE BAHÍA BLANCA
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FBB 006708/2024
Franco Adicional zona austral Ley 19.485 Retiro militar Iaf Legitimacion pasiva Retroactividad Costas Tasa pasiva bcra Confirmacion de sentencia

¿Quién es el actor?

FRANK, DANIEL OSVALDO.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Defensa y otro (Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares, “IAF”).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo del adicional por zona austral (art. 1 ley 19.485) para integrar el haber de retiro del actor, con imposición de retroactividad y liquidación sobre el rubro “Brutos”, e intereses.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de fs. 113/123 que reconoció el derecho del actor a percibir la bonificación prevista en el art. 1 de la ley 19.485 (40%) sobre su haber de retiro, con retroactividad conforme a lo dispuesto en esa resolución; se aplicará la tasa pasiva promedio del BCRA para intereses; costas a la parte demandada (art. 68 CPCCN); y se difirió la regulación de honorarios (art. 30 ley 27.423). No suscribe la Jueza de Cámara Silvia Mónica Fariña.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"7mo.) Con relación al beneficio del art. 1 de la ley 19.485, tal como se ha sostenido en casos sustancialmente análogos (FBB 936/2021/CA1, “Iguacel”, Sala II, del 9/3/2023 y FBB 937/2021/CA1, “Burgos”, Sala I, del 9/3/2023, entre varios otros), partiendo de una interpretación “in terminis” del precepto y de la postura seguida por esta Cámara inveteradamente (teniendo su origen en el precedente “COSCIA, Juan Carlos c/ S.P.F. s/ Ordinario”, expediente nro. 67.224, del 4/12/2012 de la Sec. 1, sentencia incorporada al Protocolo de Sentencias de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, Tomo 551-I, pp. 16-18), la única exigencia prevista por la norma para ser acreedor del adicional por zona austral, es ser beneficiario de una prestación previsional de jurisdicción nacional y estar radicado en la zona beneficiada."

"En el sub examine, ambas circunstancias se encuentran acreditadas con la prueba documental obrante en autos: la copia del DNI, la carta poder y el informe del Registro Nacional Electoral (cfr. fs. 13/14, 15/19 y 23). Todo lo que genera convicción acerca de que el actor tiene la radicación requerida por la ley 19.485 en la provincia de La Pampa, sin que tales extremos hayan sido eficazmente desvirtuados por la demandada mediante prueba en contrario."

"8vo.) Con ajuste, entonces, a los términos de la norma citada e interpretación antes efectuada, teniendo en especial consideración que no corresponde hacer distinciones donde la ley no lo hace, y por ser el actor retirado residente de la localidad de Santa Rosa, provincia de La Pampa, entiendo que la sentencia que les reconoció el derecho a percibir en su haber de retiro la bonificación prevista por el art. 1 de la ley 19.485, sus modificatorias y reglamentarias, con la retroactividad pertinente –siempre que en dicho período hubieran revestido las condiciones determinantes para la procedencia del beneficio– se ajusta a derecho y como tal, debe confirmarse."

¿Cómo votaron los jueces?

la señora Jueza de Cámara Silvia Mónica Fariña no suscribió la resolución (art. 3°, ley 23.482), sin que conste voto disidente expreso en el texto transcripto; la decisión surge por la mayoría formada por los votos de los magistrados Picado y Candisano Mera.

Normas que cita

  • Ley 19.485art. 1 · Prevision social
  • Ley 27.423art. 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 23.482art. 3 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • COSCIA, Juan Carlos c/ S.P.F. s/ OrdinarioC.F. Bahía Blanca Sec. 1
  • FBB 936/2021/CA1, "Iguacel"Cámara Federal de Bahía Blanca (Sala II) · 09/03/2023
  • FBB 937/2021/CA1, "Burgos"Cámara Federal de Bahía Blanca (Sala I) · 09/03/2023

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