ARISTEGUI FEDERICO MARTIN C/ ESCALANTE ROQUE ANTONIO S/ COBRO EJECUTIVO
El actor promovió ejecución por cobro de seis pagarés por un total de u$s 13.000. El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución y condenó al ejecutado a pagar el capital con intereses desde las fechas de mora fijadas, imponiéndole las costas.
Quién demanda (Actor)
Federico Martín Aristegui, con patrocinio del Dr. Sebastián Marcelo Iñigo.
A quién se demanda (Demandado)
Roque Antonio Escalante.
Qué se reclama (Objeto de la demanda)
Ejecución por el cobro de seis pagarés librados por el demandado por la suma total de Dólares Estadounidenses Trece Mil (u$s 13.000).
Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado abone íntegramente el capital reclamado (u$s 13.000) más intereses calculados según la tasa indicada en el considerando III, desde las fechas de mora fijadas para cada pagaré; se impusieron las costas al ejecutado; se difirió la regulación de honorarios; se constituyó domicilio procesal en los estrados y se hicieron las notificaciones conforme Ac.4013/2021 y Ac.4039 SCBA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"II) Que se intimó legalmente de pago al ejecutado en el domicilio de calle 54 n°825 e/11 y 12 de La Plata (ver mandamiento diligenciado adjunto al trámite de fecha 26/03/2026), y no ha comparecido a oponer excepciones legítimas admisibles dentro del término legal que tenía para hacerlo y que se encuentra vencido, correspondiendo darle por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts.116, 150, 155, CPCC)."
"III) Que, con relación a los intereses a aplicar, no encontrándose pactados los mismos en el instrumento base de la presente acción ejecutiva, siguiendo la doctrina legal emanada del precedente dictado por nuestro máximo Tribunal Provincial (SCBA, C. 123.306, del 25/11/2020 causa "Panettieri") en un caso como el presente, donde la deuda se encuentra expresada en moneda extranjera (dólares estadounidenses) los accesorios por mora deben ser calculados a la tasa pasiva más alta que fija el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos en dólares estadounidenses a treinta días (arts.767, 768, 886 y cc., C.C.C.N)."
"IV) Que en relación a la mora y siendo los documentos base de la presente ejecución seis pagarés con la cláusula "sin protesto" exigible a sus vencimientos en fechas ciertas, corresponde tener como fecha del comienzo de la mora para el Pagaré n°1 (u$s 3.000) el día 25 de enero de 2025, para el Pagaré n°2 (u$s 2.000) el día 25 de febrero de 2025, el Pagaré n°3 (u$s 2.000) el día 25 de marzo de 2025, para el Pagaré n°4 (u$s 2.000) el día 25 de abril de 2025, el Pagaré n°5 (u$s 2.000) el día 25 de mayo de 2025, y para el Pagaré n°6 (u$s 2.000) el día 25 de junio de 2025."
Bloque dispositivo final (transcripción relevante):
"FALLO: 1) Mando a llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado Roque Antonio Escalante haga al acreedor Federico Martín Aristegui íntegro pago del capital reclamado de Dólares Estadounidenses Trece Mil (u$s 13.000) con más sus intereses calculados en el Considero III), a partir de las fechas de mora, esto es ... y hasta el efectivo pago 2) Impongo las costas del juicio a los ejecutados 3) Difiero la regulación de honorarios hasta el momento procesal oportuno. Hago saber a las partes que los honorarios serán regulados conforme la Ley 14.967. 4) Hago efectivo el apercibimiento contenido en el art.41 del CPCC, y tengo al ejecutad por constituido su domicilio procesal en los estrados del Juzgado. 5) Hago saber a las partes que no deberán practicar liquidación hasta tanto haya fondos depositados en autos. Asimismo, en la debida oportunidad de practicar la liquidación, deberán acompañar los índices de las tasas aplicadas en este decisorio (Banco de la Nación Argentina) para su correcto control. 6) Mando a REGISTRAR. NOTIFICO ..."
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Normas que cita
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada Ac.4013/2021 (Scba)art. 10
- Acordada Ac.4039 (Scba)
- Ley 26.994
Fallos que cita
- PanettieriSCBA · 25/11/2020
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