JurisprudenciaARG
Primera Instancia

ARCA c/ GUSBAL SUR S.R.L. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal promovida por ARCA (ex AFIP) contra GUSBAL SUR S.R.L. por deuda tributaria. El Juzgado Federal declaró la causa remate y ordenó llevar adelante la ejecución hasta obtener el íntegro pago del capital reclamado de $9.692.152,74, más intereses, gastos y costas, aplicando el apercibimiento del art. 41 del CPCCN y la regulación de honorarios conforme la ley 11.683 y normas de la AFIP.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE BAHÍA BLANCA 1 - SECRETARIA EJECUCIONES FISCALES
Fuero
FEDERAL DE BAHÍA BLANCA
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FBB 012407/2026
Ejecucion fiscal Remate Arca (afip) Gusbal sur s.r.l. Capital $9.692.152 74 Cpccn art. 41 Ley 11.683 Honorarios Apercibimiento Publicacion acordada 10/2025

¿Quién es el actor?

FISCO NACIONAL - AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero - ARCA).

¿A quién se demanda?

GUSBAL SUR S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal para el cobro de capital adeudado por $9.692.152,74, más intereses, gastos y costas; solicitud de remate.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución; se declaró la causa de remate y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la actora ARCA se haga del demandado el íntegro pago del capital reclamado de $9.692.152,74, sus intereses, gastos y costas. Se dispone que la regulación de honorarios siga el procedimiento de la ley 11.683: 92 y normas reglamentarias de la AFIP; se hace efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN; notifíquese y publíquese conforme.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Agréguese y téngase presente lo expuesto por la actora en los términos de la ley 11.683: 92. No habiendo opuesto excepción legítima alguna el ejecutado dentro del término que se le acordara, el que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar. En consecuencia, conforme lo pedido y lo prescripto en los arts. 542, 551 y 558 del CPC y C de la Nación, SENTENCIO esta causa de REMATE y ordeno llevar adelante la ejecución, hasta que la actora FISCO NACIONAL - AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero - ARCA) se haga del demandado -GUSBAL SUR S.R.L.-, íntegro pago del capital reclamado de $ 9692152.74, sus intereses, gastos y costas (CPCCN: 68)."

"En cuanto a la regulación de honorarios, estése al procedimiento dispuesto en la ley 11.683: 92, el decreto 65/05 y las disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP. Hágase efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN. Todo lo que, ASÍ RESUELVO. Regístrese y notifíquese por Secretaría a la actora, quedando a su cargo la notificación a la contraria. Publíquese (Acordada CSJN N° 10/2025). VM"

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia en el expediente.

Normas que cita

  • Ley 11.683art. 92 · Procedimiento fiscal
  • CPCCNarts. 41, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CPC y C de la Naciónarts. 542, 551, 558
  • Decreto 65/05
  • Resolución 85/00
  • Resolución 651/01
  • Acordada 10/2025 (Csjn)

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.