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Primera Instancia

ZARACHO MARIA MONICA C/ MEDINA LUIS ALBERTO Y OTROS S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La actora reclamó daños y perjuicios por lesiones sufridas al viajar como pasajera en interno 1715 de la Línea 188 tras un salto del colectivo sobre una loma de burro. El Tribunal hace lugar a la demanda contra Transportes Larrazabal C.I.S.A., condenándola a pagar $11.500.000 más intereses y declarando responsable en la medida del seguro a la aseguradora citada en garantía.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº14 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
89958
Transporte publico Responsabilidad del portador Pasajero Dano psicofisico Dano moral Regimen de seguros (ley 17.418) Franquicia Intereses Costas Indemnizacion F | caratula | tribunal | fecha | expediente | fallos | relacion 1 | compania argentina de seguros vision s.a. c/ comac s.a. | csjn | 1990-10-02 | | | cita 2 | cuello Patricia dorotea c/ lucena pedro antonio s/ recurso de hecho | csjn | 2007-08-07 | 3 | cordero Ramon reinaldo y otra c/ clifer s/ danos y perjuicios | scba | 2001-05-09 | 4 | vidal Sebastian uriel c/ schlak Osvaldo reinaldo y otros s/ danos y perjuicios | scba | 2011-09-14 | 5 | vera | scba | 2018-04-18 | 6 | nidera | scba | 2018-05-03 | 7 | paredes | scba | 2020-09-18 | 8 | c. 120.536 (vera) | scba | 2018-04-18 | | menciona 9 | c. 121.134 (nidera) | scba | 2018-05-03 | 10 | c. 123.090 (paredes) | scba | 2020-09-18 | --fin-citas---

¿Quién es el actor?

María Mónica Zaracho.

¿A quién se demanda?

Transportes Larrazabal C.I.S.A. y en su momento Luis Alberto Medina (sobre quien la actora desistió); Argos Mutual citada en garantía.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de transporte ocurrido el 7/3/2014 mientras la actora viajaba en la Línea 188 (interno 1715); petición concreta por $603.000 en el escrito inicial, con más intereses y costas; al resolver, el Tribunal fija montos indemnizatorios mayores.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la demanda contra Transportes Larrazabal C.I.S.A. y se la condena a pagar a la actora la suma de $11.500.000 más intereses desde la fecha del hecho y hasta su efectivo pago; se extiende la condena a la aseguradora Argos Mutual en la medida del seguro contratado; costas a cargo de la demandada y su aseguradora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En ese andar, encuentro que de la prueba colectada en autos se desprende que el hecho alegado ocurrió en la forma descripta por la accionante (art. 384 CPCC)."

"Si bien el aporte del boleto no resulta condicionante para obtener la calidad de pasajero, no lo es menos que ello queda sujeto a la demostración de ese extremo mediante otras constancias del proceso, las que encuentro presentes conforme el testimonio antes analizado y la atención médica recibida por la actora el día del hecho por ente la U.P.A. de Lomas de Zamora, tal como consta en la Historia Clínica remitida por la Clínica Boedo que luce a fs. 149/163 y sobre la cual volveré infra (art. 384 del C.P.C.C)."

"habiendo quedado acreditado el hecho dañoso sufrido por la actora y su calidad de pasajera ... y, no habiendo los legitimados pasivos si quiera alegado -y por ende, demostrado- alguna causal que permita interrumpir el nexo causal, me lleva a la convicción que la demandada debe responder por los daños causados en el siniestro ventilado (art. 184 del Cód. de Comercio s. Ley 2637 y modif.; art. 384 del C.P.C.C.)."

"Arribados aquí, habré de valorar a los fines resarcitorios -conjuntamente con los informes periciales-, las circunstancias personales de la damnificada al momento del evento dañoso: 59 años de edad, casada, sin haberse acreditado profesión, oficio u ocupación, como tampoco ingresos mensuales y/o anuales. De todo lo expuesto hasta aquí, atendiendo las conclusiones periciales y las condiciones personales de la víctima, estimo prudente fijar la indemnización del presente rubro en su totalidad, en la suma de pesos siete millones seis cientos mil -$ 7.600.000- (art. 1068 del Código Civil s. Ley 340; arts. 165, 384 y 474 CPCC)."

"Consecuentemente, bajo tales premisas y aquilatando los datos vitales de la damnificada enmarcados en los parámetros del evento dañoso, estimo justo otorgar por este menoscabo la suma de pesos tres millones ochocientos mil -$ 3.800.000- (art. 1.078 del Código Civil s. Ley 340 y modif.; arts. 165 y 384 del C.P.C.C.)."

"FALLO: 1°) Haciendo lugar a la demanda por daños y perjuicios interpuesta por María Mónica Zaracho contra Transportes Larrazabal C.I.S.A., y en consecuencia, condenando a esta última a que en el plazo de 10 días de ejecutoriada la presente abone a la actora la suma de pesos once millones quinientos mil -$ 11.500.000-, con más los intereses fijados en el considerando VI. 2°) Haciendo extensiva la condena a la citada en garantía 'Argos Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros' en la medida del seguro contratado (art. 118 de la Ley 17.418) 3°) Imponiendo las costas del juicio a la demandada y su aseguradora en su calidad de vencidas (art. 68 del CPCC)."

¿Cómo votaron los jueces?

no se registran disidencias en el fallo.

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