Legajo Nº 5 - IMPUTADO: PASCUZZI , REYNALDO JOSÉ Y OTRO s/LEGAJO DE CASACION
El Ministerio Público Fiscal impugnó la resolución que declaró que los hechos no encuadraban como delitos de lesa humanidad y devolvió la causa a grado. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la casación, revocó el punto I, anuló el punto II de la resolución recurrida y remitió las actuaciones al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Fiscal General Verónica Raquel Escribano y representación en casación por la Fiscalía).
A quién se demanda (Demandados/impugnados): resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia y, de modo inmediato, los imputados Reynaldo José Pascuzzi y Carlos María Alemán Urquiza (actores del trámite).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
casación contra la resolución de la Cámara de Apelaciones (29/10/2025) que declaró que los hechos no encuadraban como delitos de lesa humanidad y devolvió los autos a la instancia de grado; se pretende que se mantenga la vigencia de la acción penal por tratarse de crímenes imprescriptibles.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, hizo lugar al recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, revocó el punto I, anuló el punto II de la resolución recurrida y remitió las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento; se dejaron presentes las reservas del caso federal efectuadas por las defensas; sin costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "En definitiva, deviene aplicable la doctrina elaborada por el Máximo Tribunal en cuanto a que son descalificables por arbitrariedad, las sentencias que omiten el examen y resolución sobre alguna cuestión oportunamente propuesta, siempre que así se afecte de manera sustancial el derecho de los impugnantes y lo silenciado sea conducente para la adecuada solución de la causa (Fallos: 312:1150; 326:4541; 339:1530, entre otros). Ello así, por cuanto la responsabilidad de juzgar las cuestiones sometidas a su conocimiento impone a los magistrados la obligación de pronunciarse sobre todos aquellos puntos comprendidos en el pleito que resulten conducentes a su decisión, es decir, aquellas cuestiones que se estimen necesarias para el dictado de la sentencia (Fallos: 344:3585, entre muchos otros)."
2) "Por lo expuesto, propicio al acuerdo: HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, REVOCAR el punto I, ANULAR el punto II de la resolución recurrida y REMITIR las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme lo aquí sentado; sin costas (cfr. arts. 470, 471, 530 y 531 del C.P.P.N.). Tener presente las reservas del caso federal efectuadas por las defensas."
3) "En atención a las circunstancias hasta aquí señaladas, considero que, contrariamente a lo resuelto por el a quo, corresponde estar a la interpretación y aplicación del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho penal internacional efectuada por el señor juez federal de Río Gallegos en el decisorio del 28/08/2025, que conlleva el mantenimiento de la vigencia de la acción penal en autos."
¿Cómo votaron los jueces?
El juez Gustavo M. Hornos, si bien adhirió al resultado mayoritario (sello de la resolución), dejó expresada su opinión disidente respecto de la convicción sobre arbitrariedad de la resolución apelada y sobre la suficiencia de la fundamentación para sostener una subsunción en materia de derecho internacional penal; lo dejó expresado como "opinión disidente" aunque votó con la mayoría en el resultado procesal.
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Fallos que cita
- Di Nunzio (in re “Di Nunzio”)CSJN · Fallos 328:1108
- Caso "Derecho" (dictamen del Procurador General referido por la Corte)CSJN · Fallos 330:3074
- "Taranto, Jorge Eduardo s/ recurso de casación"C.F.C.P. Sala I · 13/11/2009
- C.S.J.N., "Recurso de hecho en Taranto, Jorge Eduardo ..."CSJN · 12/05/2015
- Corte IDH, "Bueno Alves vs. Argentina"Corte IDH · 11/05/2011
- CIDH, Petición 460-15 (CECIM) - Informe de admisibilidadCIDH/OEA · 22/10/2022
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