SISTEMA DE CAJA DE PREVISION SOCIAL PARA MEDICOS Y BIOQUIMICOS DE ENTRE RIOS C/COLLAZZO EDUARDO S/MONITORIO APREMIO
El demandado apeló la resolución que rechazó su excepción de inhabilidad de título en un proceso monitorio. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión, argumentando que el título cumplía con los requisitos legales y que las objeciones eran de naturaleza causal, improcedentes en este tipo de juicio.
¿Quién es el actor?
Sistema de Caja de Previsión Social para Médicos y Bioquímicos de Entre Ríos.
¿A quién se demanda?
Collazzo Eduardo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de $6.506.742 en concepto de aportes previsionales adeudados.
¿Qué se resolvió?
Se desestima el recurso de apelación y se confirma la resolución de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La excepción de inhabilidad de título sólo permite discutir las formalidades extrínsecas del instrumento ejecutado... El ingreso al debate causal del título se encuentra prohibido en el proceso ejecutivo."
"Las objeciones planteadas por el ejecutado son, en rigor de verdad, cuestiones causales relativas al nacimiento de la obligación previsional y, por ende, ajenas a toda discusión que verse sobre aspectos extrínsecos del título."
"Por consiguiente, conforme las razones expuestas, el recurso debe ser rechazado y la sentencia confirmada en la parte en que ha sido enjuiciada."
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