JurisprudenciaARG
Primera Instancia

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DARI EMILIANO ALBERTO S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió demanda por cobro sumario de saldo deudor de contrato de préstamo por $946.523,03. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó al demandado al pago del capital reclamado más intereses calculados conforme a la tasa activa que cobra el Banco Provincia en operaciones de descuento a 30 días, con punitorios al 50% de los compensatorios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº11 - SAN MARTIN
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
74255
Cobro sumario Prestamo bancario Saldo deudor Intereses compensatorios Intereses punitorios Tasa activa banco provincia Rebeldia procesal Ley 24.240 (defensa del consumidor) Costas Iva / impuesto de sellos

¿Quién es el actor?

Banco de la Provincia de Buenos Aires, representado por la Dra. Hilva Karina Soria Olmedo.

¿A quién se demanda?

Don Emiliano Alberto Dari.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de sumas de dinero por saldo deudor de un contrato de préstamo bancario N°330-14874321 (mutuo) — suma reclamada $946.523,03 más intereses compensatorios, moratorios y punitorios y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la demanda y se condena a DARI a pagar $946.523,03 en el plazo de 10 días de quedar firme la sentencia, más los intereses compensatorios calculados sobre la base de la evolución de la tasa activa que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones ordinarias de descuento a treinta días (desde la fecha de mora hasta el pago) y punitorios fijados al 50% de los compensatorios; se imponen las costas a la parte demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En tales términos y reconocida la relación comercial que uniera otrora a las partes y habiendo sido tácitamente reconocida la documentación anejada al escrito de demanda -léase certificado saldo deudor préstamo comercial, contrato de préstamo bancario N°0014-5003 3330-14874321 línea microempendedores, listado histórico del préstamo y consulta de saldos y/o movimientos. Cabe destacar que la acción causal, o sea aquélla que nace y se funda en el negocio causal subyacente y que dio lugar a la contratación, tiene por efecto conectar a los obligados inmediatos, como ocurre en el caso "sub examine".- Con ello, analizadas las probanzas vertidas según lo disponen las Reglas de la Sana Crítica (art. 384 del C.P.C.C.) considero que se halla acreditado que las partes se encontraban vinculadas por una relación contractual, con obligaciones recíprocas, donde la parte actora tenía a su cargo la entrega del dinero solicitado en calidad de préstamo y el demandado el pago de los servicios mensuales comprensivos de capital e intereses, en las fechas de vencimiento allí consignadas.- Por ello, ante las circunstancias descriptas anteriormente, se encuentran configurados en estos actuados los extremos que, respaldados por la documental adjuntada por la parte actora, contienen entidad suficiente para dar favorable acogida a la pretensión de autos. LO QUE ASI DECLARO."

"Tocante ya, finalmente, el tema concerniente a los intereses y mora, teniendo en cuenta el silencio guardado por la demandada frente a la posibilidad de ser oída y las demás circunstancias aportadas a la causa, a lo que debe sumarse la naturaleza de la obligación cuyo cumplimiento se persigue, es conclusión necesaria sostener que la mora sucedió por el sólo transcurso del plazo fijado, sin que haya sido menester intimación o requerimiento alguno (art. 886, 887 y 888 del Código Civil y Comercial de la Nación). ... Corresponde fijar los accesorios conforme a la evolución de la tasa activa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a treinta días, ello, desde la fecha de mora y hasta el efectivo pago, bajo apercibimiento de ejecución. ... De modo que, si en autos el tomador se obligó a pagar intereses compensatorios y también se han devengados los punitorios ante su incumplimiento en el pago, la tasa que fija la norma será de aplicación tanto para los compensatorios como para los punitorios, pero estos últimos -atento la facultad morigeradora atribuida al Suscripto- se calcularán en un 50 % de los compensatorios."

¿Qué se resolvió?

"HACIENDO LUGAR a la demanda impetrada y en su mérito condenando a Don EMILIANO ALBERTO DARI a abonar a la parte actora BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES ... la suma de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTITRES CON TRES CENTAVOS ($ 946.523,03) ... con más los intereses compensatorios establecidos en el Considerando V ... que se calcularán conforme a la evolución de la Tasa que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones ordinarias de descuento, a treinta días vencidos ... y los punitorios fijados al 50% de los compensatorios, todo ello calculado desde la fecha indicada precedentemente y hasta el momento del efectivo pago."

Leyes que cita

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