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Primera Instancia

APOYO MERCEDINO SA C/ QUIROGA MACARENA Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO

Demanda de cobro ejecutivo contra Quiroga Macarena y Quiroga Geraldine por documento de crédito. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó continuarla hasta el pleno pago de $1.611.333,24 más intereses pactados y cargó las costas al ejecutado vencido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº10 - MERCEDES
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
85934
Cobro ejecutivo Prueba documental Art. 549 cpc Perdida del derecho Jurisdiccion mercantil provincial Intereses pactados Tasa activa banco provincia Costas Domicilio procesal Ejecucion forzada.

¿Quién es el actor?

APOYO MERCEDINO S.A.

¿A quién se demanda?

QUIROGA MACARENA y QUIROGA GERALDINE.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de un documento base por capital reclamado de Pesos UN MILLÓN SEISCIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($ 1.611.333,24) más intereses pactados desde la mora hasta el efectivo pago.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución y se mandó llevar adelante hasta tanto los ejecutados satisfagan íntegramente la suma reclamada, con más intereses pactados calculados según los réditos del documento, tomando como tope anual la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires vigente en cada periodo; costas al ejecutado vencido; constituido domicilio procesal en los estrados del juzgado; diferida la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que no habiendo la parte demandada comparecido a juicio pese al apercibimiento que se realizara en el mandamiento de intimación de pago y embargo en el domicilio sito en la calle ALEM NRO. 614 DE ARRECIFES (B) (Art. 14 del Ac. 2514/92) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido según informa la Sra. Actuaria en éste acto, dásele por perdido el derecho dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C.).-"

"Que, posicionándonos en tal normativa como así también en las disposiciones del Código Civil y Comercial, y siendo que el examen del título con el cuál se promueve la ejecución es materia de órden público en base a la normativa citada como así también lo dispuesto por el art. 549 del ritual, de tal examen observo que la documental adunada contiene todas las exigencias requeridas por el art. 36, ley 24.240.-"

"Por ende y siendo que en el sub lite la demandada no ha presentado defensa alguna, cabría tener por acreditado lo afirmado por el actor en el escrito de inicio y desde allí se torna exigible el documento base de esta ejecución (Excma. Càm. Deptal., Sala II, doct. causa Nº 19.783, del mes de noviembre de 2000 entre otras).-"

¿Qué se resolvió?

"Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto QUIROGA MACARENA y QUIROGA GERALDINE haga íntegro pago a APOYO MERCEDINO S.A., del capital que le reclamara que asciende a la suma de Pesos UN MILLÓN SEISCIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($ 1.611.333,24), con más los intereses pactados, los que deben calcularse según los réditos pactados en el documento base de la ejecución, teniendo como tope anual la tasa que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires para restantes operaciones en pesos (tasa activa) vigente en cada periodo de aplicación, devengados desde la fecha de la mora y hasta el efectivo pago (conf. art. 549 del CPC; arts. 768 inc. C, 769, 771, 794 y concs del CCyCN, Fallo Excma. Cámara Departamental Sala II en autos 33.563 del 9/8/22). Costas al ejecutado vencido (arts. 68, 556 del rito).-"

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