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Primera Instancia

MAZZEO ERICA SOLEDAD C/ SALTO JORGE GUSTAVO S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios por incumplimiento contractual y garantía fiadora por abandono, deterioro y falta de pago del inmueble locado. El Tribunal hizo lugar a la demanda contra el fiador solidario y condenó a Salto a abonar $6.381.348,26 más intereses y costas, valorando pericia arquitectónica y tasación como prueba central.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 8 - LA PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LP-15010-2023
Danos y perjuicios Incumplimiento contractual Fiador solidario Locacion Dano emergente Lucro cesante Pericia arquitectonica Rebeldia procesal Intereses tim Costas (he consignado solo las normas y los fallos que se citan explicitamente en el texto. si requiere que precise el nombre del juez que firmo la sentencia o alguna referencia documental adicional Indiquelo para que lo incorpore.)

Quién demanda (Actor)

Erica Soledad Mazzeo, D.N.I. N° 30.043.526.

A quién se demanda (Demandado)

Jorge Gustavo Salto, D.N.I. N° 25.041.801, en su carácter de fiador solidario del contrato de locación.

Qué se reclama (Objeto de la demanda)

Daños y perjuicios por incumplimiento contractual del contrato de locación celebrado el 06/07/2021 (canon inicial $18.000), incluyendo daño emergente (reparaciones, reposición de artefactos, gastos y honorarios) por $3.995.764,92 y lucro cesante por $546.000, o lo que resultara de la prueba.

Qué se resolvió (Decisión del tribunal)

Se hizo lugar a la demanda; se condena a Jorge Gustavo Salto a pagar a la actora la suma de $6.381.348,26 con más intereses conforme lo fijado en el considerando 3°, y se imponen las costas al demandado. Se difiere regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la pretensión resarcitoria de la actora encuentra sustento en el incumplimiento del contrato de locación celebrado el 6/7/2021 con Yanina Elizabeth Todisco, cuyo cumplimiento garantizó el aquí demandado Jorge Gustavo Salto en carácter de fiador solidario, liso, llano y principal pagador, con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división (cláusula novena del contrato). Conforme lo normado por los arts. 1591 y concs. del Código Civil y Comercial, y dado el carácter solidario asumido ... el demandado Salto responde en los mismos términos que la deudora principal, pudiendo la acreedora dirigir contra él la totalidad del reclamo (arts. 827, 833 y 834 del CCyC). ... La responsabilidad que se le atribuye al demandado no es la de un deudor principal sino la de un garante: en tanto fiador, se obligó accesoriamente a satisfacer lo que adeudara la locataria ... Su deber de reparar (art. 1716 y concs. del CCyC) deriva entonces del incumplimiento de la deudora principal..."

"En cuanto al incumplimiento, lo tengo por acreditado con la documental acompañada, el reconocimiento judicial practicado el 11/08/2022 en el expediente de desalojo conexo ya referenciado y el acta de constatación notarial del 31/10/2022, cuyo valor probatorio pondero conforme las reglas de la sana crítica (art. 384 del CPCC), en tanto se trata de instrumentos que hacen fe de los hechos que sus otorgantes tuvieron a la vista. ... Este cuadro fáctico no fue objeto de controversia, en tanto el demandado ... no compareció a estar a derecho, siendo declarado rebelde por resolución firme del 05/09/2024."

"El dictamen [pericial arquitectónica] ... cuantificó el costo actual de su reparación integral en $5.540.755,39, a valores de fecha octubre de 2025 ... A dicho importe corresponde adicionar los siguientes conceptos, que encuentro acreditados: honorarios abonados al Arq. Carrizo ... honorarios abonados a la Dra. Ornela Clavel ... facturas de gas ... deuda por consumo de agua ... y el costo de reposición de los artefactos sustraídos o destruidos ... En consecuencia, por el rubro 'daño emergente' corresponde reconocer la suma de $5.955.604,26 ..."

"Adopto [el dictamen del martillero] ... El importe resulta inferior al reclamado por este rubro ($546.000) ... En consecuencia, por el rubro Lucro Cesante corresponde reconocer la suma de $425.744."

"Por los fundamentos expuestos, FALLO: 1°) Haciendo lugar a la demanda promovida por Erica Soledad Mazzeo contra Jorge Gustavo Salto, condenando a este último a pagar a la actora, dentro del plazo de diez días de quedar firme la presente, la suma de $6.381.348,26 ... 2°) Imponiendo las costas del proceso a la parte demandada vencida ..."

Votos / mayoría

El texto corresponde a la decisión del Tribunal en primera instancia; no hay fallo dividido ni votos múltiples. El bloque dispositivo final configura la decisión de la mayoría (regla de mayoría aplicada).

Normas que cita

  • Ley Código Civil y Comercialarts. 1591, 1574, 1716, 1724, 1725, 1730, 1729, 1731, 827, 833, 834, 772, 1740, 1746, 1744
  • Código Procesal Civil y Comercial (CPCC) (Provincia De Buenos Aires)arts. 133, 354, 484, 59, 384, 163, 34, 165, 501
  • Ac. 4013 (T.O. 4039) SCBA (Provincia De Buenos Aires)
  • Ley 26.994

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