CLUB ATLETICO BANFIELD S/CONC.PREV. S/INC, PROMOV. POR BAUD,EDUARDO RAUL S/ INCIDENTE DE REVISION ***************
El concursado Club Atlético Banfield solicitó la caducidad de instancia por inactividad procesal del incidentista. El Tribunal hizo lugar a la caducidad prevista en los arts. 310 inc.1 y 315 del CPCC y condenó en costas al incidentista por su inacción.
¿Quién es el actor?
Club Atlético Banfield (concursado).
¿A quién se demanda?
Eduardo Raúl Baud (incidentista).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de caducidad de instancia por inactividad procesal conforme arts. 310 inc.1 y 315 del CPCC.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la caducidad de instancia, se impusieron las costas al incidentista Eduardo Raúl Baud y se difirió la regulación de honorarios para cuando la resolución quede firme.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1.- En primer lugar corresponde aclarar que el texto actual del artículo 315 del Código Procesal, es suficientemente claro y no requiere de mayores glosas, de modo tal que si el justiciable desea mantener viva la instancia judicial, deberá manifestarlo en tal sentido al juzgador dentro del plazo legal y además, simultáneamente, deberá ejecutar un acto de impulso del trámite que no deje dudas al respecto, vale decir, practicarse una actividad procesal útil (Fenochietto, "Código Procesal anotado", Edit. Astrea, comentario al art. 315 del Cód. Proc.).-
La Excelentísima Càmara de Apelaciones Departamental, ha sostenido que los actos procesales realizados en interés exclusivo de una de las partes no interrumpe la perención, puesto que no impulsan o activan la marcha del proceso (en tal sentido CALZ, Sala Iª autos "Tomasini Francisco c/ Monzon Roberto y otro s/ Daños y Perjuicios", Causa nº 70656, RSD-74-525 del 4 de junio de 2013).-
A su vez ha de recordarse, que la caducidad de instancia es un arbitrio instituido para sancionar la inacción de los litigantes, siempre que se encuentren en el deber de instar el proceso o que no se hallen en la imposibilidad de impulsar el trámite del mismo hacia su fin natural que es la sentencia. Su finalidad consiste tanto en la necesidad de sancionar al litigante moroso como en la conveniencia pública de facilitar el dinámico y eficaz desarrollo de la actividad judicial (SCBA, Ac. 74.254, sent. 21-3-2001; Ac. 87.882, sent. 5-4-2006, entre otros).
Los plazos para el cómputo de la caducidad de instancia comienzan a correr desde la fecha de la última petición de las partes, acto impulsorio o resolución del tribunal, que tuviere por objeto impulsar el procedimiento hacia su destino final."
"3.- Sentado ello, he de resaltar que según las constancias emergentes de autos, el último acto impulsorio producido en la causa, resulta ser la providencia dictada el día 4 de Octubre de 1999, y desde ésta última fecha hasta el acuse de la caducidad (26/04/2021) ha transcurrido el plazo de inactividad que prevé el art. 310 inc. 1º del C.P.C.C. sin que la actora haya realizado actos procesales idóneos con el estado de la causa.
Es por ello que, en razón de los fundamentos precedentemente expuestos, entiende el Suscripto en tal contexto, que el incidentista dejó transcurrir el plazo legal establecido en el art. 310 inc. 1 del CPCC., por lo que de conformidad con lo normado por los arts. 6 del Código Civil y Comercial; 310, 315 y cc. del Dec. ley 7425/68 sust. por ley 13.986, y Res. 3694/12 SCBA, corresponde hacer lugar al pedido de caducidad de instancia articulado por el concursado Club Atlético Banfield en la presentación de fecha 26/04/2021."
"4.-. En cuanto a las costas, las mismas serán soportadas por el incidentista EDUARDO RAUL BAUD, en su condición de vencido. (art. 68 y 69 del Còd. Procesal)."
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Normas que cita
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 310, 315, 68, 69, 40
- CCyCart. 6 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 13986 (Provincia De Buenos Aires)
- Decreto-ley 7425/68 (Provincia De Buenos Aires)
- Resolución 3694/12 (Scba)
- Ley 8904 (Provincia De Buenos Aires)art. 23
- Ley 8480 (Provincia De Buenos Aires)
- 4039/2021 (Scjba)
Fallos que cita
- Tomasini Francisco c/ Monzon Roberto y otro s/ Daños y PerjuiciosCámara de Apelaciones Departamental, Sala Iª · 04/06/2013
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