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Primera Instancia

FIDEICOMISO GRUPO GESTOR C/ SERIAL ALAN EZEQUIEL S/ COBRO EJECUTIVO

Cobro ejecutivo por pagaré por $64.350 más intereses y ejecución hasta pago. El Tribunal hace lugar a la ejecución, ordena trance y remate hasta cobrar el capital ($64.350) y los intereses desde la mora el 28/07/2023, desestima la inclusión del IVA y impone las costas a la parte demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 4 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
104724
Cobro ejecutivo Pagare Intereses Iva Accion cambiaria Mora 28/07/2023 Trance y remate Costas Perdida del derecho de defensa Domicilio constituido

¿Quién es el actor?

FIDEICOMISO GRUPO GESTOR.

¿A quién se demanda?

ALAN EZEQUIEL SERIAL.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo por pagaré por capital reclamado $64.350 y sus intereses; se solicitó además inclusión de IVA sobre intereses (petición denegada).

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la ejecución; se manda llevar adelante la ejecución con trance y remate hasta que el demandado pague íntegramente el capital de $64.350 y los intereses desde la mora; se desestima la pretensión de incluir IVA sobre intereses; se imponen las costas a la parte demandada; se difiere la regulación de honorarios; se constituye domicilio del demandado en los estrados del Juzgado y se agrega la documental por Secretaría.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, pese a encontrarse debidamente intimado en el domicilio de la calle V. CEBALLOS N° 1527 de la localidad de LONGCHAMPS dásele por perdido el derecho dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.)."

"Respecto a incluir rubro IVA sobre intereses: Es sabido que el ejecutante en el proceso ejecutivo y en ejercicio de la acción cambiaria - en los presentes el cobro de un pagaré - se encuentra legitimado para reclamar el importe correspondiente al monto del instrumento base del juicio, con más los correspondientes intereses. Pero dentro de este marco resulta imposible acceder a la pretensión encaminada a obtener el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), ya que la acción ejecutiva no admite indagaciones acerca de la causa de la obligación que subyace o da origen al documento, lo que implica y permite entender en consecuencia que media en el caso una imposibilidad legal tanto de fondo como procesal, de acceder a la inclusión del IVA, respecto del cual existen exenciones legalmente previstas de acuerdo al tipo de operación de que se trate (art. 7 ley 23349) ... por lo que se lo desestima."

"I) Que el capital reclamado devengará desde la fecha de mora operada el día 28/07/2023 y hasta el efectivo pago los intereses pactados en el documento base de la presente ejecución, siempre que los mismos no excedan, en su conjunto o individualmente, la 'tasa activa-restantes operaciones en pesos' que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (arts 767, 768, 779, 771 y concordantes del C. C. y C. N.)."

¿Qué se resolvió?

"1) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución entablada hasta tanto el deudor de la obligación ALAN EZEQUIEL SERIAL haga al acreedor FIDEICOMISO GRUPO GESTOR el íntegro pago del capital reclamado de $ 64.350 y el que devengará los intereses desde la mora del deudor, y hasta el efectivo pago en la forma prevista en el Considerando I.

2) Imponiendo las costas a la parte demandada (art. 68 y 556 del Cod. Procesal).

3) Difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 51 ley 8904).

4) Teniendo por constituido el domicilio del demandado en los Estrados del Juzgado (art. 41 del Cod. Procesal).

5) Agregando por secretaría la documental correspondiente a los presentes obrados. conforme lo dispuesto en ap. IV, art.36 de la ACc.2514 de la SCJBA. REGISTRESE. NOTIFIQUESE conforme AC 4039/21 SCBA."

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