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Primera Instancia

MUNICIPALIDAD DE GENERAL SAN MARTIN C/ LABELS PLAST S.A. S/ APREMIO

La Municipalidad de General San Martín promovió ejecución por deuda municipal mediante apremio contra LABELS PLAST S.A. El Tribunal mandó continuar la ejecución hasta cobrar PESOS 304.763.944,99 y aplicó intereses desde la mora (12/03/2026), impuso costas a la ejecutada y difirió regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3 - SAN MARTIN
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
90747
Ejecucion / apremio Deuda municipal Intereses moratorios Ordenanzas municipales Costas Regulacion de honorarios diferida Domicilio procesal constituido Municipalidad de general san martin Labels plast s.a. Cpcc (art. 518 521 541 549 41 68

Quién demanda (Actor)

Municipalidad de General San Martín.

A quién se demanda (Demandado)

LABELS PLAST S.A.

Qué se reclama (Objeto de la demanda)

Ejecución (apremio) para el cobro de una deuda por PESOS TRESCIENTOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 99/00 ($ 304.763.944,99.-) más intereses desde la mora.

Qué se resolvió (Decisión del tribunal)

Se ordenó continuar la ejecución hasta que la demandada pague íntegramente la suma reclamada; se aplicarán los intereses mensuales establecidos en las ordenanzas municipales desde el 12/03/2026; se impusieron las costas a la ejecutada y se difirió la regulación de honorarios; se tuvo por constituido domicilio procesal de la demandada en los estrados del juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"AUTOS Y VISTOS: No habiendo la demandada opuesto excepciones legítimas, en atención al estado de autos y lo dispuesto por los arts. 518, 521, 541, 549 y cctes. C.P.C.C., y la Ley 9.122 modificada por la Ley 13.406,"

"FALLO:

1) Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto LABELS PLAST S.A. -intimada de pago en la calle Rosales 3924, de la localidad de Villa Lynch, Pdo. de Gral. San Martín - (mandamiento adjunto al escrito en proveimiento) - haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE GENERAL SAN MARTIN íntegro pago del capital de PESOS TRESCIENTOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 99/00 ($ 304.763.944,99.-), al que se aplicará desde la mora (12/03/2026) el interés mensual establecido en las ordenanzas municipales vigentes (Confr. Cám. Civ. Com. Dptal. Sala II c.39.531 del 30/4/96) y hasta el efectivo pago.-

2) Imponiendo las costas a la ejecutada vencida (arts. 68, 556 C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios (arts. 23, 51 Ley 14967).-

3) Tiénese a la parte demandada por constituido su domicilio procesal en los estrados del juzgado (art. 41 CPCC.).-"

Observaciones: el decisorio funda la procedencia del apremio en la ausencia de excepciones legítimas opuestas por la demandada y en las normas procesales y provinciales invocadas; fija fecha de mora 12/03/2026 y remite al criterio de aplicación de interés de ordenanzas municipales, con precedente citado (Cám. Civ. Com. Dptal. Sala II c.39.531 del 30/4/96).

Normas que cita

Fallos que cita

  • Cám. Civ. Com. Dptal. Sala II c.39.531Cám. Civ. Com. Dptal. Sala II · 30/04/1996

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