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Primera Instancia

SANTANA, MARIA BEATRIZ Y OTRO c/ OSCOMM Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

Amparo por mantenimiento de afiliación y cobertura del Plan 210 contra OSCOMM y OSDE. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°4 hizo lugar al amparo, ordenó restablecer y mantener la afiliación de la actora y su cónyuge y brindar la cobertura del Plan 210, con costas a las demandadas y regulación de honorarios por 28 UMA.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 4- SECRETARIA Nº 7
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 005559/2024
Amparo Afiliacion obra social Plan 210 Oscomm Osde Jubilados Aportes Anses Decreto 576/93 Uma

¿Quién es el actor?

Sra. M. B. S. y su cónyuge Sr. F. M. P.

¿A quién se demanda?

Obra Social de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante (OSCOMM) y Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Continuidad y mantenimiento de la afiliación y la cobertura del Plan Familiar 2 210 de OSDE (reincorporación/continuidad de afiliación y cobertura médica, incluyendo al cónyuge), con derivación de aportes desde OSCOMM.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al amparo y se ordenó a OSCOMM y OSDE restablecer y mantener la afiliación de la Sra. M. B. S. y su cónyuge F. M. P. y brindar la cobertura del Plan 210 en los términos del considerando IV; costas a las demandadas vencidas; se regularon honorarios de la letrada de la actora en 28 UMA ($2.967.748) y se dispusieron oficios al ANSES para la transferencia de aportes y cumplimiento de resoluciones de la Superintendencia de Servicios de Salud.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Ello sentado, me importa destacar la importancia del derecho cuya protección se pretende, en tanto compromete la salud e integridad física de las personas y aparece reconocido por la Constitución Nacional art. 75, inc. 22 y los convenios internacionales (CSJN Fallos 302:1284; art. 25 inc. 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; art. 12, inc. 2, ap. d) del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales; CNF. Civ. y Com., Sala I, causa 22.354 cit. y Sala III, causa 21.022 del 21/6/95)."

"En tales condiciones, corresponde admitir el mantenimiento de la afiliación de la parte accionante a OSCOMM, gozando de los beneficios de servicios de salud del Plan 210 de OSDE, el cual deberá realizarse con los aportes que efectúe la parte actora de conformidad con lo establecido por el art. 16 de la ley 19.032 y 20 de la ley 23.660, que deberán derivarse a la obra social y el pago adicional que deba efectivizar a OSDE por el Plan 210, superador en los términos del Decreto 576/93 (conf. CNFed. Civ. y Com., Sala III, causa 996/15 del 13.5.15), debiendo, asimismo, garantizar la continuidad y cobertura de los tratamientos que sean pertinentes, al amparo de dicha afiliación."

"Hallándose acreditado con el acta de matrimonio, la composición de grupo familiar de la actora, cabe concluir que el mantenimiento de la afiliación deberá alcanzar a la actora y a su cónyuge como grupo familiar primario."

Se aclara actuación procedimental: "A tal fin, una vez firme la presente, líbrese oficio al ANSES, a través del sistema DEOX, en los términos del art. 400 del C.P.C.C., con firma de letrado y sin la intervención del Juzgado, con el fin de comunicar la presente y para que proceda con la transferencia de los aportes pertinentes."

¿Cómo votaron los jueces?

no se informa voto en disidencia; la parte resolutiva es única y mayoritaria.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Fallos 302:1284CSJN
  • CNCiv.Com.Fed., Sala I, Causa N° 2046/2017CNCiv.Com.Fed. Sala I · 30/11/2017
  • CNCiv.Com.Fed., Sala I, Causa N° 4178 (6/2/2018)CNCiv.Com.Fed. Sala I · 06/02/2018
  • CNCiv.Com.Fed., Sala I, Causa N° 7756/2017 (22/2/2018)CNCiv.Com.Fed. Sala I · 22/02/2018
  • CNCiv.Com.Fed., Sala II, Causa 604/2023/1 (30/11/2023)CNCiv.Com.Fed. Sala II · 30/11/2023
  • CNCiv.Com.Fed., Sala III, Causa N° 13024/2021 (28/11/2021)CNCiv.Com.Fed. Sala III · 28/11/2021
  • CNFed. Civ. y Com., Sala III, causa 996/15 (13.5.15)CNFed. Civ. y Com. Sala III · 13/05/2015
  • CNFed. Civ. y Com., Sala I, causa 5931/98 (18.11.99)CNFed. Civ. y Com. Sala I · 18/11/1999
  • CNFed. Civ. y Com., Sala III, causa 162/02 (08.10.02)CNFed. Civ. y Com. Sala III · 08/10/2002

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