BOISSIERE MINGUET, DIEGO ENRIQUE s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía presentada por extranjero que acredita nacimiento en Venezuela. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°10 hizo lugar a la petición y declaró ciudadano argentino a Diego Enrique Boissiere Minguet, disponiendo la expedición de la carta de ciudadanía y comunicaciones administrativas pertinentes.
¿Quién es el actor?
DIEGO ENRIQUE BOISSIERE MINGUET (peticionario de la ciudadanía argentina).
¿A quién se demanda?
No existe parte demandada; trámite de incorporación a la ciudadanía (acto administrativo-judicial).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la carta de ciudadanía.
¿Qué se resolvió?
Se declaró ciudadano argentino a Diego Enrique Boissiere Minguet, con obligación de jurar fidelidad a la República Argentina y de enrolarse dentro del plazo de un (1) año bajo apercibimiento de multa; se ordenó expedir la carta de ciudadanía y oficiar al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones; además se advirtió sobre la posible pérdida de la nacionalidad anterior y sobre la cancelación de la ciudadanía en caso de fraude u ocultamiento (art. 15 Decreto 3213/84).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I.- En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si el peticionario se encuentra comprendido en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición del interesado. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio."
"II.- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que el peticionario reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona,"
(Dispositivo) "1.- Declarar ciudadano argentino a DIEGO ENRIQUE BOISSIERE MINGUET ... siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435). 2.- Hágasele saber que la concesión de la nacionalidad argentina podría importar ... la pérdida de su nacionalidad anterior ... Asimismo, que en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el artículo 15 del Decreto 3213/84 que determina la cancelación de la ciudadanía por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención. 3.- Expídase la carta de ciudadanía, ofíciese al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones (conf. art. 110 de la ley 25871)."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos en disidencia; la resolución es de un juez de primera instancia.
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Leyes que cita
- Ley 346Ciudadania
- Ley 22.435Identificacion, registro y clasificacion del potencial humano nacional
- Ley 25.871Migraciones
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