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Primera Instancia

CORDOVA PIMENTEL, DIALEGNI CHIQUINQUIRA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía de una ciudadana nacida en Venezuela; el Juzgado Civil y Comercial Federal n.º 10 declaró procedente la petición y condenó a expedir la carta de ciudadanía con la obligación de jurar fidelidad y de enrolarse en el plazo de un año. La sentencia resolvió que no existen obstáculos legales, ordenó notificar a registros y organismos pertinentes y advirtió sobre la posible pérdida de la nacionalidad anterior y la cancelación por fraude u ocultamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 10- SECRETARIA Nº 20
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 014507/2022
Ciudadania Carta de ciudadania Nacionalidad Enrolamiento Juramento Decreto 3213/84 Ley 22435 Direccion nacional de migraciones Registro nacional de las personas Solicitud administrativa-judicial

¿Quién es el actor?

DIALEGNI CHIQUINQUIRA CORDOVA PIMENTEL (peticionaria).

¿A quién se demanda?

(trámite de concesión de ciudadanía dirigido contra el Estado; intervino el Ministerio Público Fiscal como órgano de control).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de concesión de la ciudadanía argentina y expedición de carta de ciudadanía (expte. 14507/2022).

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la solicitud y se declara ciudadana argentina a Dialegni Chiquinquira Cordova Pimentel, con las obligaciones y advertencias previstas en la normativa (juramento de fidelidad, inscripción/enrolamiento dentro del plazo de un año y notificación a organismos competentes); dispuso expedir la carta de ciudadanía y oficiar al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones, y comunicar la concesión a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, entre otras providencias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I.- En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si la peticionaria se encuentra comprendida en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición de la interesada. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio."

"II.- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que la peticionaria reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona,"

Y la parte dispositiva completa: "1.- Declarar ciudadana argentina a DIALEGNI CHIQUINQUIRA CORDOVA PIMENTEL, nacida el 08 de mayo de 1989 ... a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435). 2.- Hágasele saber que la concesión de la nacionalidad argentina podría importar ... la pérdida de su nacionalidad anterior ... Asimismo, que ... sobrevendrá la situación prevista en el artículo 15 del Decreto 3213/84 que determina la cancelación de la ciudadanía por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención. 3.- Expídase la carta de ciudadanía, ofíciese al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones (conf. art. 110 de la ley 25871). 4.- Comuníquese a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Regístrese, notifíquese a la interesada y al procurador fiscal mediante cédula electrónica y oportunamente, Archívese."

(Negritas y subrayados omitidos; no hubo votos en disidencia.)

Leyes que cita

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