MORRONE, ANAHI c/ EN-M JUSTICIA Y DDHH (EX 102688639/22 - RESOL 170/26) s/DERECHOS HUMANOS - LEY 25914 - ART 6
La actora solicitó el beneficio de la ley 25.914 por hechos vinculados a la detención ocurrida en 1975; reclamó se revoque la denegatoria administrativa. La Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala IV, rechazó el recurso directo y confirmó la denegatoria por entender que no están acreditados los supuestos objetivos previstos por la ley 25.914 (privación de la libertad o permanencia en establecimientos carcelarios).
¿Quién es el actor?
Anahí Morrone.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (resol. 170/26).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugna la resolución administrativa que denegó el beneficio previsto por la ley 25.914 (art. 1 y art. 3), por hechos ocurridos en septiembre de 1975 en los que la actora, menor en ese momento, presenció el secuestro y detención de Elard Alfredo Barrionuevo Machicao (considerado padre de crianza). Solicita que se revoque la resolución denegatoria y se otorgue el beneficio.
¿Qué se resolvió?
La Cámara admitió la conexidad denunciada por la Sala II, se declaró competente y rechazó el recurso interpuesto por la actora con costas, por no acreditarse los presupuestos objetivos exigidos por la ley 25.914 para acceder al beneficio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En efecto, no se encuentra acreditado que la actora hubiera sido privada de su libertad ni que hubiese permanecido, como consecuencia de la detención de sus padres, en un establecimiento carcelario, penitenciario o lugar que cumpliera una finalidad análoga. Tampoco surge de las constancias examinadas que, con motivo del procedimiento referido, hubiera sido trasladada o retenida en alguno de esos lugares, ni que hubiera quedado bajo una situación de custodia o sujeción que pueda ser jurídicamente asimilada a la permanencia en un establecimiento de detención en los términos de la norma."
"Por ende, toda vez que la actora no cumple con los presupuestos de hecho indispensables para acceder al beneficio, y teniendo en cuenta la carga que pesa sobre ella de acreditar los hechos que justifican su concesión, corresponde rechazar el recurso de apelación interpuesto."
"Cabe señalar que, en atención a lo expuesto, no corresponde expedirse sobre el vínculo filial invocado por la actora, toda vez que su eventual acreditación no modificaría el temperamento adoptado en la presente resolución."
¿Cómo votaron los jueces?
no se consignan votos en disidencia en el decisorio.
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Leyes que cita
- Ley 25.914Derechos humanos
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