BERTINI MATIAS AGUSTIN C/ LEIRIA CLAUDIO OSCAR Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO) 2020
Demandante reclama indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito entre su motocicleta y una Fiat Fiorino. El Tribunal hizo lugar parcial: reconoció privación de uso por $35.000 y condenó a los demandados al pago del daño material cuya cuantificación se difiere a ejecución, rechazando reclamos por incapacidad, daño moral, pérdida de valor venal, pérdida de chance y gastos médicos no acreditados.
¿Quién es el actor?
Matías Agustín Bertini, por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 2/1/2023.
¿A quién se demanda?
Claudio Oscar Leiria (conducor y titular registral de Fiat Fiorino dominio EXZ-441) y Agrosalta Cooperativa de Seguros Limitada (citada en garantía).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daño material, pérdida de valor, privación de uso, daño físico y psicológico, gastos médicos, daño moral y pérdida de chance por un total reclamado de $3.823.000.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcial a la demanda; se condena a los demandados a abonar $35.000 por privación de uso y se condena al pago del daño material (quantum a determinar en ejecución por perito), con intereses conforme considerandos. Se rechazaron los reclamos por incapacidad física y psicológica, gastos médicos y farmacéuticos, pérdida de valor venal, pérdida de chance y daño moral. Se hacen imposición de costas a los demandados y a la aseguradora (vencidos).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el caso se reclaman daños y perjuicios derivados de un accidente que protagonizara una motocicleta y un automóvil, resultando de aplicación lo normado en el art. 1757 del Cód. Civil y Comercial, claro supuesto de responsabilidad objetiva por el uso de cosa riesgosa. ... La admisión de la responsabilidad del daño causado por el riesgo de la cosa, ha significado acoger en el ordenamiento jurídico la teoría de la responsabilidad objetiva o sin culpa, conforme a la cual y conforme expresamente establece el nuevo ordenamiento legal en su artículo 1722 dice: 'El factor de atribución es objetivo cuando la culpa del agente es irrelevante a los efectos de atribuir responsabilidad. En tales casos, el responsable se libera demostrando la causa ajena, excepto disposición legal en contrario'... En el caso, no se encuentra controvertida la intervención de los vehículos individualizados en el hecho ni la existencia del accidente. ... la pericia mecánica producida, ponderada de conformidad con las reglas de la sana crítica (art. 384 del CPCC), corroboró las trayectorias de circulación de ambos vehículos y determinó que el Fiat Fiorino impactó con su sector frontal excéntrico izquierdo sobre el lateral derecho de la motocicleta Honda Wave, cuando ésta ya se encontraba atravesando la encrucijada."
"En las presentes actuaciones, con fecha 29 de junio de 2026 la accionante ha desistido de la producción de las pruebas pericial médica legista y psicológica (arts. 375, 384 y cc. CPCC). La ausencia de prueba pericial médica y psicológica, ya por si sella la suerte del reclamo reparatorio, por lo que corresponde rechazar el reclamo de incapacidad física y psicológica (arts. 375, 384 y cc. del CPCC; arts. 1734, 1737 y cc. CCyCN). ... No se han acompañado constancias documentales (facturas y/o tickets) de honorarios médicos o gastos realizados ... estimando que debe ser rechazado el reclamo de reparación de gastos de farmacia, transporte y traslados."
"El perito ingeniero mecánico estimó el costo de reparación de la motocicleta, para la época del hecho, en la suma de $ 325.870-, ... A efectos de lograr una justa reparación y que la misma resulte de 'valores actualizados' o más próximos a la fecha de pago, estimo que haciendo uso de las facultades del art. 165 del código de rito, se reconozcan los daños indicados en el presupuesto acompañado y que avala el perito ingeniero mecánico, y que en etapa de ejecución de sentencia el perito ingeniero mecánico deberá establecer los valores de reparación a 'valores de actualidad'."
Bloque dispositivo (extracto):
"FALLO: 1) Haciendo lugar a la demanda de daños y perjuicios interpuesta por MATÍAS AGUSTÍN BERTINI contra CLAUDIO OSCAR LEIRIA y AGROSALTA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA, condenando a los demandados para que dentro del plazo de diez (10) días abonen la suma de $ 35.000- (pesos treinta y cinco mil), más lo que se determine en etapa de ejecución como 'daño material', con más los intereses estipulados en el Considerando VI); 2) Costas a la demandada y citada en garantía en su condición de vencidos (art. 68 CPCC); ..."
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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