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Primera Instancia

BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES SA C/ SALGADO ERIKA MARIELA DORA S/COBRO EJECUTIVO

Cobro ejecutivo impulsado por Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. contra Salgado Erika M. D. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal y condenó en costas a la parte actora, disponiendo la fijación de honorarios y el glosado de la documentación reservada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 - LA MATANZA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LM-27926-2012
Cobro ejecutivo Caducidad de la instancia Inactividad procesal Intimacion previa Costas Honorarios Cpcc Art. 310 Art. 315 Res. 3694/12 scba

¿Quién es el actor?

Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.

¿A quién se demanda?

Salgado Erika Mariela Dora

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo.

¿Qué se resolvió?

Se decretó la caducidad de instancia por inactividad procesal y se impusieron las costas a la parte actora en su calidad de vencida; se ordenó la fijación de honorarios y el glosado de la documentación reservada; se registrará y notificará conforme a las normas de la SCJBA y oportunamente archívese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que con fecha 6/4/2026 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue el día 10/3/2021."

"Sentado ello, y tomando en consideración que luego de la intimación señalada la parte actora ha impulsado debidamente el proceso mediante la presentación de fecha 6/4/2026, pero que desde el día 13/4/2026 ha transcurrido nuevamente el plazo de caducidad previsto para el trámite de las presentes actuaciones (art. 310 del CPCC - texto según ley 13.986) y no siendo necesaria una nueva intimación; corresponde declarar la caducidad de la instancia (art. 315 del CPCC)."

Bloque dispositvo final (textual):

"RESUELVO:

Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (arts. 310, 315 y 316 del CPCC).

Imponer las costas a la parte actora en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC)

Firme la presente, se procederá a la fijación de los honorarios profesionales.

Procédase a glosar la documentación original oportunamente reservada en Secretaría.

REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE mediante la remisión del presente conforme lo previsto por el art. 10, Anexo I, Ac. 4013/21, texto ordenado por Ac. 4039/21, ambas de la SCJBA. OPORTUNAMENTE ARCHÍVESE."

(Otros datos de la causa: Expte. N° LM-27926-2012; actuación en la ciudad de San Justo; se autorizó refoliado por doble foliado nº 92 conforme art. 31 del Ac. SCBA 2514/92.)

Normas que cita

  • Resolución 3694/12 (Scba)
  • 2514/92 (Scba)art. 31
  • 4013/21 (Scjba)art. Anexo I art.10 (mencionado)
  • 4039/21 (Scjba)
  • Ley 13.986 de Buenos Aires

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