JurisprudenciaARG
Primera Instancia

BANCO PIANO S.A. C/ GONZALEZ NOELIA DEL CARMEN S/ COBRO EJECUTIVO

El actor promovió cobro ejecutivo contra Gonzalez Noelia Del Carmen solicitando ejecución de crédito. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por omisión en impulsar el proceso y condenó en costas a la actora, sin regular honorarios por inoficiosidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 - LA MATANZA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LM-48994-2024
Cobro ejecutivo Caducidad de instancia Inactividad procesal Cpcc arts. 310 315 316 Costas Honorarios inoficiosos Art. 68 cpcc Ley 14.967 art. 30 Intimacion Ac. 4013/21 scjba

¿Quién es el actor?

Banco Piano S.A.

¿A quién se demanda?

Gonzalez Noelia Del Carmen

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo (ejecución de crédito).

¿Qué se resolvió?

Se decretó la caducidad de la instancia por la inactividad de la parte actora conforme arts. 310, 315 y 316 del CPCC; se impusieron las costas a la actora; no se regularon honorarios por resultar inoficioso el trabajo del letrado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que con fecha 05/06/2026 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue el día 17/02/2025.

Sentado ello, y tomando en consideración que la parte actora no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC (texto según ley 13.986), pese a encontrarse debidamente notificada en los términos del art. 10 de la Ac. 4013 de la SCBA; corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia.

En virtud de lo expuesto y lo dispuesto por la Res. 3694/12 de la SCBA,

¿Qué se resolvió?

Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (arts. 310, 315 y 316 del CPCC).

Imponer las costas a la parte actora en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC)

No proceder a regular honorarios al letrado actuante, por resultar inoficiosa la labor desarrollada ( art 30 ley 14.967).

REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE mediante la remisión del presente conforme lo previsto por el art. 10, Anexo I, Ac. 4013/21, texto ordenado por Ac. 4039/21, ambas de la SCJBA. OPORTUNAMENTE ARCHÍVESE."

(Dato procesal relevante): intimación por art. 315 CPCC con fecha 05/06/2026; última actividad procesal útil el 17/02/2025.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.