JurisprudenciaARG
Primera Instancia

ZEBALLOS VICTOR HUGO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Solicitud de declaratoria de herederos por fallecimiento de Víctor Hugo Zeballos. El Tribunal declaró que suceden como herederos los cuatro hijos y la cónyuge, por derecho y en cuanto a los bienes propios de la cónyuge, y cesó la intervención del Agente Fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 - BAHIA BLANCA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
125146
Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Herencia Filiacion Conyuge Bienes propios Edicto / publicacion Agente fiscal Ccycn arts. 2426 y 2433 Cp (art. 735 / art. 724)

¿Quién es el actor?

Agente Fiscal (parte nombrada en el expediente) y quien solicitó la declaratoria de herederos en fecha 14/9/2026.

¿A quién se demanda?

no surge otro demandado en el escrito.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de herederos por fallecimiento de VICTOR HUGO ZEBALLOS.

¿Qué se resolvió?

Se declaró que, por el fallecimiento de Víctor Hugo Zeballos (fallecido el 17/03/2026), le suceden como herederos sus hijos ELIZABETH SUSANA ZEBALLOS, ADRIANA BEATRIZ ZEBALLOS, VICTOR HUGO ZEBALLOS y SERGIO HERNÁN ZEBALLOS y su cónyuge SUSANA ROSA CIOCCA, en cuanto a los bienes propios de ésta, y se ordenó el cese de la intervención del Agente Fiscal. Notifíquese y regístrese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"PRIMERO: Con el certificado adjunto al escrito de fecha 2/7/2026, el fallecimiento de VICTOR HUGO ZEBALLOS, ocurrido en la ciudad de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, el día 17 de marzo de 2026.

SEGUNDO: Con el acta adjunta al escrito de fecha 2/7/2026, el matrimonio del causante con SUSANA ROSA CIOCCA, celebrado en la ciudad de Caseros, Partido Tres de Febrero, Provincia de Buenos Aires, el día 23 de enero de 1964.

TERCERO: Con los certificados adjuntos al escrito de fecha 2/7/2026, el nacimiento y filiación de los hijos habidos de dicha unión, llamados ELIZABETH SUSANA ZEBALLOS, ocurrido el día 5 de noviembre de 1966 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; ADRIANA BEATRIZ ZEBALLOS, ocurrido el día 18 de febrero de 1968 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; VICTOR HUGO ZEBALLOS, ocurrido el día 12 de enero de 1977 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y SERGIO HERNÁN ZEBALLOS, ocurrido el día 17 de junio de 1979 en Puerto Belgrano.

CUARTO: Con el comprobante adjunto al escrito de fecha 2/8/2026 se justifica que se dio cumplimiento con la publicación de edicto ordenada en fecha 7/7/2026, con el resultado que informa la Actuaria en fecha 18/9/2026.

QUINTO: Con el informe de fecha 13/7/2026 se dio cumplimiento con la ley 7205 y con el de fecha 16/7/2026 con lo dispuesto por el art. 724 del C.P.C. (modificado por la ley 11511).

POR ELLO, conforme lo pedido, lo dictaminado en fecha 6/10/2026 por el Sr. Agente Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y por el art.735 del Cód. Procesal, se declara en cuanto hubiere lugar por derecho, que por fallecimiento de VICTOR HUGO ZEBALLOS le suceden en el carácter de herederos, sus hijos, ELIZABETH SUSANA ZEBALLOS, ADRIANA BEATRIZ ZEBALLOS, VICTOR HUGO ZEBALLOS y SERGIO HERNAN ZEBALLOS y su cónyuge, SUSANA ROSA CIOCCA, en cuanto a los bienes propios se refiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda sobre los gananciales.

Cese la intervención del Sr. Agente Fiscal. Notifíquese y regístrese."

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.