JurisprudenciaARG
Primera Instancia

QUIROGA VERGARA, ERNESTO RAUL C/ QUIROGA VERGARA NORBERTO JOAQUIN S/ DIVISION DE CONDOMINIO

El actor inició demanda de división de condominio sobre inmueble rural identificado como Circ. IV, Parcela 93‑f, Matrícula 5907, solicitando la extinción del condominio y la adjudicación con pago de la compensación correspondiente. El Tribunal hizo lugar a la acción de división de condominio y difirió la modalidad de partición para la audiencia prevista en el art. 674 del CPCC, imponiendo costas por el orden causado y comunes por mitades.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 - AZUL
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
55194
Division de condominio Particion en especie Subasta judicial Codigo civil y comercial (art. 7 Art.1997) Indivision Condominos Costas (orden causado) Audiencia art. 674 cpcc Matricula 5907 parcela 93?f Extincion del condominio Notas: En ausencia de indicacion expresa de juez/s firmante/s en el texto aportado Se consigno juez: desconocido. El expediente es un pronunciamiento de primera instancia del juzgado civil y comercial n? 2 Departamento judicial de azul Se consignaron las normas y fallos que el propio texto cita.

¿Quién es el actor?

Ernesto Raúl Quiroga Vergara, por intermedio de su apoderado Dr. Jorge Echavarría Coll.

¿A quién se demanda?

Norberto Joaquín Quiroga Vergara, condómino del inmueble.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Extinción del condominio del inmueble rural denominado "El Casco" (Circ. IV, Parcela 93‑f; Matrícula nº 5907), adjudicación a favor del actor con pago de la compensación por la participación del demandado (25%), subsidiariamente partición en especie conforme art. 2372 CCCN o subasta judicial y distribución del producido.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la acción de división de condominio promovida por el actor; se difiere la modalidad de partición y la fijación de audiencia del art. 674 CPCC para cuando la sentencia quede firme; costas por el orden causado y comunes por mitades; regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Refiere ser titular del setenta y cinco por ciento (75%) indiviso del inmueble, correspondiendo al demandado el veinticinco por ciento (25%) indiviso restante..." (RESULTA, I).

"En ese sentido, el artículo 7 del Código Civil y Comercial establece que "...a partir de su entrada en vigencia, las leyes se aplican a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes. La leyes no tienen efecto retroactivo, sean o no de orden público, excepto disposición en contrario..." (textual)." (Considerando I).

"No existen dudas de que el supuesto bajo análisis debe ser resuelto utilizando la normativa plasmada en el Código Civil y Comercial actualmente vigente (Arts. 7 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación)." (Considerando I).

"De ello se desprende la línea de análisis que se debe seguir en las presentes actuaciones...: la petición de partición o división del condominio se trata de una facultad de orden público a la que solo es posible renunciar por el plazo previsto en el artículo 2693 del Código Civil..." (Considerando III).

"Frente a esta circunstancia, corresponde hacer lugar a la división de condominio solicitada por el condómino Ernesto Quiroga Vergara..." (Considerando III).

"FALLO: 1ero.) Haciendo lugar a la acción de división de condominio promovida por el Dr. Jorge Echavarría Coll en su carácter de letrado apoderado de Ernesto Quiroga Vergara contra Norberto Joaquin Quiroga Vergara, difiriendo la modalidad de división del condominio para el momento procesal oportuno (Arts. 163, 330, 354, 375, 384 y concds. del C.P.C.C.).- 2do.) Imponiendo las costas en el orden causado y las comunes por mitades..." (Bloque dispositivo).

Citas textuales relevantes de la contestación: "...Mi parte no se opone a la extinción del estado de indivisión. Por el contrario, reconoce el derecho de cualquiera de los condóminos a solicitar la partición. Lo que se controvierte es el modo en que el actor pretende materializarla." (Contestación, citada en Considerando II y III).

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.