LOPRESTO ROSA S/ SUCESION AB-INTESTATO Y TESTAMENTARIA
La causa trata la sucesión ab-intestato de Rosa Lopresto y la determinación de herederos universales. El Tribunal declaró que por fallecimiento de Rosa Lopresto le suceden en carácter de universales herederos sus hijos, registrando la declaración y ordenando diligencias relativas al testamento agregado.
¿Quién es el actor?
Expediente caratulado LOPRESTO ROSA S/ SUCESION AB-INTESTATO Y TESTAMENTARIA; actúan las partes interesadas en la sucesión (los hijos nombrados).
¿A quién se demanda?
La causante fallecida Rosa Lopresto (acto sucesorio contra la masa hereditaria).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de herederos por muerte de Rosa Lopresto; determinación de los universales herederos y trámites registrales; examen/ aprobación del testamento agregado (pendiente de resolución).
¿Qué se resolvió?
Se declaró, "en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros", que por el fallecimiento de Rosa Lopresto le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: FÉLIX, PAULINA, DOMINGO VICENTE, VICENTE SERAFÍN y ANTONIO FÉLIX BOVA; se ordenó su registro y se corrió vista al Agente Fiscal respecto de la aprobación del testamento agregado, informando que la escritura n°60 de 29/04/2009 está digitalizada en expediente acumulado n° 44040/2023.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I. Que con el certificado de defunción de fs. 6 se acredita el fallecimiento de ROSA LOPRESTO ocurrido el día 29 de noviembre de 2016 quien era de estado civil viuda de VICENTE BOVA quien falleciera el día 03/11/1978 conforme certificación efectuada el 22/12/2023.-
II. Que con la certificación efectuada el 22/12/2023 se acredita el matrimonio de la causante con su cónyuge ocurrido el día 25/03/1945.-
III. Que de dicha unión conyugal nacieron los siguientes hijos: FÉLIX el 20/12/1945, PAULINA el 15/10/1947, DOMINGO VICENTE el 25/12/1951, VICENTE SERAFÍN el 05/09/1956 y ANTONIO FÉLIX BOVA el 10/10/1966, todo conforme certificación del 22/12/2023.-
IV. Que con el diario agregado a fs. 38 consta haberse efectuado la publicación de edicto que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, la cual arrojó resultado negativo.-
Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts.735 y 737 del CPCC, se declara en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ROSA LOPRESTO le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: FÉLIX, PAULINA, DOMINGO VICENTE, VICENTE SERAFÍN y ANTONIO FÉLIX BOVA y Lopresto. REGÍSTRESE.-
PREVIO a expedirme respecto de la aprobación del testamento agregado en autos, córrase nueva vista al Sr. Agente Fiscal haciéndose saber que la escritura n°60 pasada por ante la escribana Casanoiva el 29/04/2009 se encuentra digitalizada para ser visualizada desde la mesa de entradas virtual provista por la SCBA a fs. 22 de los autos acumulados cuya caratula es homónima y su número es 44040/2023.-"
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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