OLIVERA MIGUEL ALFREDO S/ SUCESION AB-INTESTATO
El pedido de declaratoria de herederos por sucesión ab-intestato de Miguel Alfredo Olivera. El Tribunal declara por derecho y sin perjuicio de terceros que los hijos del causante, Iris Adriana; Darío Leonardo Horacio; y Fernando Gabriel Olivera y Torres, son sus únicos y universales herederos, cesando la intervención del Ministerio Fiscal.
Quién demanda (Actor)
Petición de apertura de sucesión intestada promovida respecto de Miguel Alfredo Olivera; por los interesados que resultan declarados herederos (Iris Adriana; Darío Leonardo Horacio; Fernando Gabriel).
A quién se demanda (Demandado)
Se tramita la sucesión del causante MIGUEL ALFREDO OLIVERA (fallecido el 05/05/2026).
Qué se reclama (Objeto de la demanda)
Declaratoria de herederos en sucesión ab-intestato.
Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
Se declaró que por el fallecimiento de Miguel Alfredo Olivera le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos IRIS ADRIANA, DARIO LEONARDO HORACIO y FERNANDO GABRIEL OLIVERA Y TORRES; se ordenó el cese de la intervención del Ministerio Fiscal y se registró la resolución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
I.- Que con la partida de defunción adjunta a la presentación del 02/06/2026, se acredita el fallecimiento de MIGUEL ALFREDO OLIVERA, ocurrido el día 05/05/2026.
II.- Que con la partida adjunta al escrito de inicio se acredita el matrimonio de Miguel Alfredo Olivera y Maria Del Carmen Torres celebrado el día 15/07/1971.
III.- Que de esa unión nacieron Iris Adriana el día 21/01/1973, Dario Leonardo Horacio el día 08/11/1975 y Fernando Gabriel Olivera y Torres el día 08/12/1983 según se acredita con las constancias adjuntas a la presentación del 02/06/2026.
IV.-Que con la partida de defunción adjunta a la presentación de fecha 02/06/2026 se acredita el fallecimiento de Maria del Carmen Torres, cónyuge del causante de autos, ocurrido el día 25/06/2002.
V.- Que con los diarios y recibos agregados a la presentación del 20/09/2026 , consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del C.P.C.C. y sobre cuyo vencimiento y resultado informa el Actuario de fecha 30/09//2026;
Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2424,2426, cctes. y sstes. del Código Civil y Comercial de la Nación, y arts.735, 737 del CPCC;
DECLARO en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de MIGUEL ALFREDO OLIVERA le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos, IRIS ADRIANA, DARIO LEONARDO HORACIO y FERNANDO GABRIEL OLIVERA Y TORRES. Cése la intervención del Ministerio Fiscal. REGISTRESE.-
Observaciones sobre el voto y acuerdo:
Sentencia de Tribunal de Primera Instancia (Juzgado Nº 1 del Departamento Judicial Quilmes). No consta votación dividida ni disidencias en el texto analizado.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 2424art. 2424
- Ley 2426art. 2426
- CCYCNarts. 2424, 2426 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCC (Provincial)arts. 734, 735, 737
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.