FRANCO FERNANDEZ MANUEL S/ SUCESION AB-INTESTATO
La apertura de la sucesión abintestato de Manuel Franco Fernández y la declaración de herederas universales de sus hijas. El Tribunal declara, conforme arts. 2424, 2426 y conexos del CCCN, que por fallecimiento de Manuel Franco Fernández le suceden en carácter de herederas universales Rosa María Franco Ferreiro y Susana Asunción Franco Ferreiro, registrándose la declaración.
Quién demanda (Actor)
ROSA MARIA FRANCO FERREIRO y SUSANA ASUNCION FRANCO FERREIRO (peticionantes que tramitan la sucesión).
A quién se demanda (Demandado)
No surge demandado específico en autos (sucesión por fallecimiento de MANUEL FRANCO FERNANDEZ).
Qué se reclama (Objeto de la demanda)
Apertura y trámite de la sucesión abintestato de MANUEL FRANCO FERNANDEZ y la declaración de sus herederos universales.
Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
Se declaró, en cuanto corresponde, que por fallecimiento de MANUEL FRANCO FERNANDEZ le suceden en carácter de herederas universales sus hijas ROSA MARIA FRANCO FERREIRO y SUSANA ASUNCION FRANCO FERREIRO. Regístrese.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1º) Que con el certificado acompañado el 9/6/2026 se acredita la defunción de MANUEL FRANCO FERNANDEZ, ocurrida el 27/11/2025.-
2º) Que este había contraído matrimonio con ASUNCION FERREIRO RODRIGUEZ el día 8/3/1958 quien falleciera el 12/1/1995.-
3º) Que de esa unión nacieron: ROSA MARIA FRANCO FERREIRO el 10/04/1962 y SUSANA ASUNCION FRANCO FERREIRO el 09/03/1965.-
4º) Que por auto de fecha 10/06/2026 se ordenó la apertura del presente sucesorio, mandándose publicar edictos por el término de ley, constando haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 del CCCN y sobre cuyo resultado negativo informa el Actuario verbalmente (art. 116 del CPCC.).-
Por ello, de conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por Ley 26.994 y 735 y cc. del CPCC declárase en cuanto ha lugar, por derecho que por fallecimiento de MANUEL FRANCO FERNANDEZ le sucede en carácter de universales herederos, sus hijas ROSA MARIA FRANCO FERREIRO y SUSANA ASUNCION FRANCO FERREIRO. REGISTRESE.-"
Notificaciones y actuaciones procesales relevantes: se ordenó la publicación de edictos (art. 2340 CCCN), hubo resultado negativo de edictos según informe del Actuario (art. 116 CPCC), y se practicaron notificaciones automatizadas conforme Ac. 4013/2021 SCBA a las patrocinantes letradas.
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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