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Cámara de Apelaciones

VERON, ADRIAN c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

El actor impugnó el dictamen de la Comisión Médica Central que rechazó su pedido de retiro por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la resolución de la Comisión Médica Central y declaró admisible el recurso, fundando la decisión en el informe del Cuerpo Médico Forense y en precedentes de la CSJN.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 034408/2026/CA001
Retiro por invalidez Anses Comision medica central Cuerpo medico forense Ley 24.241 Incapacidad laboral Admisibilidad Costas Acordada 10/25 Csjn

¿Quién es el actor?

VERON, ADRIAN.

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

solicitud de retiro por invalidez (art. 49 p.4 Ley 24.241).

¿Qué se resolvió?

Se declaró formalmente admisible el recurso y se confirmó lo resuelto por la Comisión Médica Central; costas por su orden (art. 68, segundo párrafo del CPCCN). Protocolícese, notifíquese y cúmplase con la publicación dispuesta por la CSJN en la Acordada 10/25.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 49 punto 4 de la ley 24241, el Cuerpo Médico Forense produjo un informe en fecha 09/09/26, que en base a las consideraciones médico legales que desarrolla, concluye reconociendo la existencia de una incapacidad laborativa a los fines previsionales del 33,96%."

"Que, el informe en cuestión ha de ser tenido por válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permita decidir la cuestión planteada, habida cuenta de la seriedad del organismo del que emana y los amplios fundamentos en que se basa; no habiendo sido desvirtuado por las partes tras el traslado conferido del informe."

"La solución propiciada concuerda con la discernida por la C.S.J.N. en situaciones análogas, como ser, entre otras, por sentencia del 26.12.17 in re RECURSO DE HECHO 'SOSA C/ ANSES S/ RETIRO POR INVALIDEZ (ARTICULO 49 P4 LEY 24241)'."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan disidencias en la parte resolutiva ni en el texto; la decisión aparece unificada en el dispositivo final.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

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