RUIZ JUAN MATEO C/ PROVINCIA ART S.A S/ APELACIÓN ART 46 LEY 24557
El actor apeló el mecanismo de actualización y tasas dispuesto en la sentencia de primera instancia en un reclamo de prestaciones dinerarias de la Ley de Riesgos del Trabajo, planteando inconstitucionalidad sobreviniente del DNU 669/19. La Cámara rechazó el recurso, confirmó la condena y desestimó la inconstitucionalidad del art. 730 CCyCN planteada por el perito médico, por no advertirse una contradicción manifiesta con la Constitución.
¿Quién es el actor?
Juan Mateo Ruiz.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias de la Ley de Riesgos del Trabajo (art. 14.2.a y art. 3 ley 26773), con fijación de la incapacidad en 18,31% de la T.O., revocando el dictamen de la Comisión Médica Nº 21 B.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría (voto del juez Satini, al que adhirieron la jueza Gutiérrez y el juez Cappellotti), se rechazó la apelación del actor y se confirmó la sentencia de grado en cuanto al mecanismo de liquidación y tasas. Se rechazó la inconstitucionalidad del art. 730 CCyCN planteada por el perito médico. Costas por el orden causado; honorarios regulados al 30% para los letrados del actor y 1 IUS para el letrado recursivo del perito.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...los pronunciamientos del Superior Tribunal de Justicia constituyen jurisprudencia obligatoria que deben seguir los tribunales inferiores en cuanto determinen la interpretación y aplicación de las cláusulas constitucionales y de la Ley." Por ello, la liquidación debía ajustarse al precedente "Zamboni" (STJ-SR, Expte. 3046/22, 09/04/2024).
Sobre el DNU 669/19: "El recurso impetrado no presenta fundamentos que controviertan la posición del juez aquo y por lo tanto, corresponde su desestimación, porque el debate se desarrolló bajo el régimen sistémico que se basa en una reparación tarifada. En ese sendero, el accionante asume las consecuencias de su opción..."
Sobre el perito: "...la declaración de inconstitucionalidad de una disposición legal es un acto de suma gravedad institucional... debe hacerse lugar a la inconstitucionalidad [solo] cuando la repugnancia de la norma con la cláusula constitucional sea manifiesta, clara e indudable..."
"...el artículo 730 del CCyCN regula la responsabilidad por los gastos causídicos y no disminuye los honorarios del perito." Los emolumentos periciales ingresan en la noción de "costas", y el planteo "no será admitido".
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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