SOSA GEMINA SHARON C/ EXPERTA ART S.A. S/ RECURSO ART 46 LEY 24557 (N-CA-SC)
La actora Gemina Sharon Sosa promovió recurso de apelación contra Experta ART S.A. en el marco de la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo, planteando la inconstitucionalidad del cuarto párrafo del art. 46 de esa ley, de los arts. 2 y 14 de la Ley 27.348 y del art. 29 del Decreto 717/96. La Cámara admitió las inconstitucionalidades planteadas, declarando que el efecto en relación del recurso vulnera el control judicial amplio exigido por la Constitución y la Convención Americana.
¿Quién es el actor?
Gemina Sharon Sosa.
¿A quién se demanda?
Experta ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de apelación contra lo resuelto por la Comisión Médica en el marco de la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo, cuyo efecto procesal se encontraba limitado a lo dictaminado por ese órgano administrativo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara admitió las inconstitucionalidades planteadas por la parte actora, con los alcances establecidos en el voto mayoritario. Las costas se impusieron por su orden (art. 78.2 CPCC) y se difirió la regulación de honorarios para el momento procesal oportuno. El voto del juez Cappellotti, al que adhirió el juez Satini, fundamentó la decisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la concesión de un recurso con 'efecto en relación', significa que el tratamiento que debe darse al mismo por los órganos jurisdiccionales debe limitarse o relacionarse solamente a lo decidido -para el caso- por las Comisiones Médicas. Entiendo que ello resulta inconstitucional por vedar al poder judicial llevar adelante su función de impartir justicia de manera equitativa, por que como se expuso en el renombrado fallo de la CSJN 'Ángel Estrada' traído a estudio por el apelante, resulta imperioso un control jurisdiccional amplio de lo decidido por las instancias administrativas siempre que se arroguen facultades jurisdiccionales."
"...las cuestiones sometidas a debate en el marco de los recursos de apelación en torno a la ley 24557 no se remite solamente a lo decidido por la Comisión Médica Central en su dictamen, ya que el accidente del trabajador repercute en un devenir histórico que no puede soslayarse..."
"De seguir la suerte de lo establecido en el artículo 46 cuarto párrafo de la ley 24557, el Poder Judicial se vería limitado a llevar a cabo una de sus principales misiones como órgano jurisdiccional, es decir, realizar un control ex officio de la Convención americana de Derechos Humanos -y por ende constitucional-, de las normas debatidas en un litigio."
"...resulta imperioso un control jurisdiccional amplio de lo decidido por las instancias administrativas..." y "El alcance que el control judicial de las resoluciones jurisdiccionales de órganos administrativos necesita poseer para que sea legítimo tenerlo por verdaderamente suficiente, no depende de reglas generales u omnicomprensivas, sino que ha de ser más o menos extenso y profundo según las modalidades de cada situación jurídica..." (CSJN, 'Fernández Arias c Poggio').
"...en orden a garantizar una tutela judicial efectiva, es que el pedido de inconstitucionalidad requerido por el demandante en torno al cuatro párrafo del art. 46 de la ley 24557 debe prosperar, ello por ser violatorio de los artículos 75 inciso 22, artículo 8 y 25 de la CADH."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.