ALONSO, Emiliano s/ Dcia. s/ Apremios ilegales s/ Cuestión de competencia
La Juez del Juzgado de Instrucción nº 1 del Distrito Judicial Norte se declaró incompetente por razón del territorio para investigar una denuncia de apremios ilegales presuntamente cometidos por agentes del Servicio Penitenciario en el Centro de Detención de Ushuaia. El Superior Tribunal de Justicia declaró la competencia del Juzgado de Instrucción nº 3 del Distrito Judicial Sur, por ser Ushuaia el lugar del hecho y fijar el turno según la fecha de la denuncia.
Denunciante: Emiliano Alonso, interno alojado en el Centro de Detención de Ushuaia.
Denunciados: agentes del Servicio Penitenciario (menciona al oficial Duran, Rodríguez, Cardoso, Waquene y otros).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
denuncia por apremios ilegales, según la cual fue retirado de su celda a las 6 am y golpeado por agentes penitenciarios, en presencia de otros internos.
¿Qué se resolvió?
el Superior Tribunal de Justicia declaró la competencia del Juzgado de Instrucción nº 3 del Distrito Judicial Sur para intervenir en el sumario, y ordenó remitir los obrados y oficiar al Juzgado de Instrucción nº 1 del Distrito Judicial Norte.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El presente sumario se inicia en virtud de la denuncia formulada por el interno Emiliano Alonso, quien manifestó que habría sufrido apremios ilegales durante su alojamiento en el Centro de Detención de Ushuaia."
"De la denuncia se desprende que, el hecho denunciado por el interno sucedió en el Centro de Detención de la ciudad de Ushuaia. Así, entendemos que le asiste razón a la Juez interviniente, criterio compartido por el Dr. Eduardo Urquiza, por cuanto de la investigación llevada a cabo se desprende que el hecho sucedió en la ciudad de Ushuaia. Dicha circunstancia, determina la competencia de los tribunales con asiento en el Distrito Judicial Sur. Ello, en función de lo establecido por el artículo 29 del C.P.P."
"En cuanto a la competencia en razón del turno, y toda vez que de la denuncia no surge con precisión el día en que se produjo el hecho a investigar, debe estarse a la fecha en que se efectuó la misma, esto es, el 27 de octubre de 2023. En consecuencia, debe entender en el caso el Juzgado de Instrucción nº 3 del Distrito Judicial Sur (conf. Resolución nº 124/19 SSASGCAJ)."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.