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Tribunal Superior

Testimonios extraídos de la causa n° 42817/2023 Centuri+on, Aldo Gabriel s/ Dcia. s/ Cuestión de competencia

El Juzgado de Instrucción nº 1 del Distrito Judicial Sur se declaró incompetente en razón del territorio para investigar la presunta comisión de un delito de robo de una motocicleta. El Superior Tribunal de Justicia declaró la competencia del Juzgado de Instrucción nº 1 del Distrito Judicial Norte, por ser Río Grande el lugar donde habría ocurrido el hecho.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA PENAL (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA PENAL (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
1724/2024
Competencia territorial Cuestion de competencia Incidente Sumario penal Extraccion de testimonios Robo de motocicleta Distrito judicial norte Distrito judicial sur Competencia por turno Articulo 29 c.p.p.

¿Quién es el actor?

No aplica. Se trata de una cuestión de competencia en sumario penal, iniciado por extracción de testimonios de la causa nº 42817/2023 "Centurión, Aldo Gabriel s/ Dcia.".

¿A quién se demanda?

No aplica. El imputado en estos testimonios es Alexis Friglio, respecto de quien el fiscal advirtió que se habría apoderado ilegítimamente de una motocicleta Honda, modelo Tornado XR25CCC, color negro, motor nº MD34E-8512024.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinar qué tribunal debe intervenir en la sustanciación de la investigación del presunto ilícito.

¿Qué se resolvió?

El Superior Tribunal de Justicia declaró la competencia del Juzgado de Instrucción nº 1 del Distrito Judicial Norte para intervenir en la sustanciación del presente sumario, y ordenó remitir los obrados a dicho juzgado, oficiando al Juzgado de Instrucción nº 1 del Distrito Judicial Sur.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Así, entendemos que le asiste razón al Juez interviniente, criterio compartido por el Dr. Urquiza, por cuanto de la investigación llevada a cabo se desprende que el hecho sucedió en la ciudad de Río Grande. Dicha circunstancia, determina la competencia de los tribunales con asiento en el Distrito Judicial Norte. Ello, en función de lo establecido por el artículo 29 del C.P.P."

"En cuanto a la competencia en razón del turno, y ante la falta de determinación temporal corresponde tomar en consideración la fecha de la resolución que ordenó la extracción de testimonios, esto es 26 de abril de 2024. En atención a ello, corresponde declarar la competencia del Juzgado de Instrucción nº 1 del Distrito Judicial Norte para entender en la tramitación de las presentes actuaciones (Anexo de la Resolución nº 77/2019 SSA-SGCAJ)."

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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