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Tribunal Superior

M. E. A. c/ T., F. D. D. s/ pta. Inf. al art. 119 del C.P. s/ Cuestión de competencia

El Juzgado de Tolhuin se declaró incompetente en razón del territorio para investigar una denuncia de abuso sexual cometido en Río Grande en el año 2008 por un menor de 14 o 15 años contra su hermano. El Superior Tribunal de Justicia declaró la competencia del Juzgado de Instrucción nº 1 del Distrito Judicial Norte, por ser los hechos de Río Grande y tomar como referencia la fecha de la denuncia para la asignación por turno, dejando pendiente la verificación de la edad del imputado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA PENAL (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA PENAL (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
1954/2025
Competencia territorial Competencia por turno Abuso sexual Art. 119 c.p. Distrito judicial norte Rio grande Tolhuin Sumario de prevencion Punibilidad de menores Imputabilidad

Actor/Denunciante: E. A. M.

Denunciado: F. D. D. T. (identificado en autos como F. T.)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Denuncia por abuso sexual (art. 119 del C.P.) cometido en el año 2008 en la casa de la abuela materna, J. R., en la calle Xxxxx Xxxxxx de Río Grande, en perjuicio del denunciante.

¿Qué se resolvió?

El Superior Tribunal de Justicia declaró la competencia del Juzgado de Instrucción nº 1 del Distrito Judicial Norte para intervenir en la sustanciación del sumario, y ordenó remitir los obrados y oficiar al Juzgado de Competencia Integral de Tolhuin.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...de la denuncia se desprende que los hechos a investigar sucedieron en la ciudad de Río Grande. Dicha circunstancia, determina la competencia de los tribunales con asiento en el Distrito Judicial Norte. Ello, en función de lo establecido por el artículo 29 del C.P.P."

"...de la denuncia radicada no surge con precisión la fecha en la cual habrían ocurrido los abusos que refiere E. A. M.. Por lo cual corresponde tener presente para la asignación de competencia la fecha de la denuncia, esta es 23 de mayo de 2025. En atención a la circunstancia apuntada, corresponde declarar la competencia del Juzgado de Instrucción nº 1 del Distrito Judicial Norte para entender en la tramitación de las presentes actuaciones (conf. Resolución STJ nº 62/24)."

"Sin perjuicio de ello, y en virtud de la observación del Fiscal ante este Estrado cabe señalar que, queda a cargo del Juez competente indagar respecto a la edad del imputado al momento de los hechos, toda vez que de la incipiente investigación no surge de manera fehaciente si efectivamente, el denunciado al momento de los hechos, era menor de edad."

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