ZORATTO, Natalia Carolina s/Recurso de casación (c. 1035/24, ZORATTO, Natalia Carolina s/Recurso de apelación, rechazo a la autorización de viaje y levantamiento de embargo
La defensa de Natalia Carolina Zoratto interpuso recurso de casación contra la resolución de la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones del Distrito Judicial Sur que confirmó el rechazo a su pedido de autorización para viajar al exterior y de levantamiento de restricciones a la libertad personal. El Superior Tribunal de Justicia declaró inadmisible el recurso por considerar que la resolución, al tratarse de una medida cautelar de carácter accesorio, no reviste definitividad ni equiparable a sentencia definitiva, por lo que fue erróneamente concedido.
Demandante/Recurrente: Natalia Carolina Zoratto, asistida técnicamente por el abogado Claudio/Alejandro Fernández.
Contraparte: Ministerio Público Fiscal y partes querellantes (Romina Alejandra Lammic, Yanina del Valle Andino, Gerardo Fabián Pitoiset, Paola Virginia Misagna, Guillermo Dardo Guaragna, Viviana Analía Holzmann, Adriana Elizabeth Pérez y Gerardo Juárez).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Autorización para ausentarse del país (residencia transitoria en Madrid, España, desde el 10/8/2024 hasta el 10/10/2025) y levantamiento de las restricciones a la libertad personal impuestas en el marco de un procesamiento por defraudación fiduciaria.
¿Qué se resolvió?
El Superior Tribunal de Justicia resolvió declarar inadmisible el recurso de casación, con costas (art. 492, primera parte, CPP), por considerar que la decisión de la Cámara no constituye sentencia definitiva ni resolución equiparable, no pone fin a la acción, no impide la continuación del proceso y no concurren supuestos excepcionales de gravedad institucional o agravio de imposible reparación ulterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Ha sostenido este cuerpo en diversos precedentes que la concesión del recurso de casación por parte del tribunal que dictó la decisión impugnada no fuerza a la instancia superior a estimar su procedencia; en definitiva, la evaluación final sobre la admisibilidad será siempre del tribunal del recurso."
"La decisión que nos ocupa versa sobre una medida de cautelar que -como tal- reviste carácter accesorio, de modo que no resulta susceptible de ser revisada a través de la casación."
"La resolución que se pretende casar no causa estado, no es definitiva ni preclusiva, y de ello deriva que puede reverse en caso de que se aporten nuevos elementos. Tampoco reviste gravedad institucional..."
"En razón de lo expuesto, propongo al acuerdo que el recurso de casación sea considerado inadmisible, y por ende erróneamente concedido..."
Nota sobre el acuerdo: Votaron en igual sentido (inadmisibilidad) los jueces Cristiano, Sagastume y Battaini (3 votos). El juez Löffler votó por revocar la resolución y autorizar el viaje, y el juez Muchnik adhirió a ese voto. Este último constituye la minoría (2 votos), por lo que lo resuelto por la mayoría es la inadmisibilidad.
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