RODRÍGUEZ AGUILAR, Claudio c/ Sepilveda Barría, Mario Antonio s/ Hurto s/ Cuestión de competencia
El Juzgado de Competencia Integral de Tolhuin remitió al Superior Tribunal de Justicia una cuestión de competencia por un presunto hurto ocurrido en Cerro Sombrero, Chile. El Superior Tribunal declaró su incompetencia para intervenir, por tratarse de un conflicto jurisdiccional con un órgano de extraña jurisdicción, y ordenó devolver las actuaciones al juzgado de origen.
¿Quién es el actor?
Claudio Rodríguez Aguilar (denunciante, según la carátula "RODRÍGUEZ AGUILAR, Claudio c/ Sepilveda Barría, Mario Antonio s/ Hurto").
Demandado/imputado: Mario Antonio Sepilveda Barría.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
hurto denunciado en sede policial (fs. 1vta./2), cuyo hecho habría ocurrido en la localidad de Cerro Sombrero, región de Punta Arenas, Chile.
¿Qué se resolvió?
el Superior Tribunal declaró su incompetencia para intervenir en autos y ordenó que las actuaciones sean devueltas al juzgado remitente para sus efectos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...se encuentra constitucional y legalmente habilitado para determinar; asignar y dirimir los conflictos de competencia que involucran a los órganos judiciales locales. Mas, tal competencia cesa en los supuestos en que las cuestiones involucren a órganos de extraña jurisdicción."
"Esta potestad, que emerge de lo dispuesto por el art. 157 inc. 2º de la CTDF, solo resulta posible de ser ejercida en los supuestos en que los Juzgados con eventual competencia en el caso pertenezcan, todos ellos, a la estructura judicial de la Provincia. Si, por el contrario, la dilucidación de la competencia debe ser efectuada considerando la situación de un tribunal local y otro de una jurisdicción provincial distinta o de jurisdicción nacional o federal, el asunto resulta ajeno a la potestad decisoria de este Cuerpo, por no ser el superior común a las diversas unidades jurisdiccionales."
"...no nos encontrarnos ya ante una cuestión competencial entre jueces, sino frente a un 'conflicto o cuestión jurisdiccional', de allí que éstos deban ser resueltos por el órgano superior jerárquico común a ambos contradictores..."
El Fiscal ante el Superior Tribunal, Dr. Eduardo Urquiza, sostuvo que correspondía entender al tribunal con jurisdicción en Cerro Sombrero.
Se citan como precedentes en el mismo sentido: "Reiss, Fabio Carlos" (2001), "M., A." (2001), "Martínez, Fernando Santiago" (2004), "Luppo, Sergio" (2010), "Berti, Nicolás Matías" (2014) y "Becerra, Jonathan Pedro" (2020).
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