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Tribunal Superior

Caro, Gustavo Gabriel c/ Municipalidad de Río Grande s/ Contencioso Administrativo (N-TR1 N° 8966/2023

El Superior Tribunal declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación interpuesto por la Municipalidad de Río Grande en un contencioso administrativo, por falta de definitividad de la sentencia que rechazó las excepciones y dejó subsistente la pretensión de fondo. La mayoría sostuvo que la modificación de la plataforma fáctica invocada por la demandada no impide la continuidad del proceso, dado que la limitación del artículo 13 del CCA se refiere a los hechos y no a la argumentación jurídica.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA DE RECURSOS (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA DE RECURSOS (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
3324/2024
Contencioso administrativo Recurso extraordinario de casacion Definitividad Inadmisibilidad Excepciones Articulo 13 cca Plataforma factica Sede administrativa Municipalidad de rio grande Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Gustavo Gabriel Caro.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Río Grande.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Proceso contencioso administrativo iniciado por el actor contra la Municipalidad de Río Grande (expte. N-TR1 N° 8966/2023).

¿Qué se resolvió?

El Superior Tribunal de Justicia declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación de la demandada, por lo que se lo tuvo por mal concedido, impuso las costas por su orden y no reguló honorarios.

Antecedentes: La Sala Civil de la Cámara de Apelaciones del Distrito Judicial Norte revocó la sentencia de primera instancia que había admitido las excepciones planteadas por la demandada. La demandada recurrió en casación sosteniendo la inadmisibilidad de la instancia por modificación de la plataforma fáctica respecto del ámbito administrativo (art. 13 CCA).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la sentencia recurrida carece, entonces, del requisito de definitividad, puesto que el recurso de casación se encuentra orientado a cuestionar una sentencia que rechazó las excepciones opuestas por la demandada. Tal plafón decisorio no finiquita el litigio, ni impide su continuación al no decidir de manera definitiva el conflicto jurídico suscitado entre las partes."

La jueza Cristiano, a cuyo voto adhirieron Battaini, Sagastume, Löffler y Muchnik, señaló que la "ausencia del requisito de impugnabilidad objetiva exigido para intentar la vía recursiva, determina sin más la inadmisibilidad del recurso deducido."

El juez Löffler agregó: "Surge de tales precedentes que la limitación que establece el artículo 13 del CCA es con relación a que en la demanda judicial se ventilen los mismos hechos que en la sede administrativa, mas no hay limitación respecto a la argumentación jurídica que pueden brindar las partes, ni tampoco sobre las pruebas de las que puedan valerse."

Sin votos en disidencia.

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