GARCIA María Laura c/ SWISS MEDICAL ART S.A. si ACCIDENTES DE TRABAJO si Inc. de Ejecución de Sentencia,
La demandada impugnó la nueva liquidación de la condena en un incidente de ejecución de sentencia en un reclamo por accidente de trabajo contra una ART, cuestionando la reapertura de accesorios ya aprobados y la actualización del RIPTE. La Sala Civil, Comercial y del Trabajo aprobó la liquidación presentada por la actora con la salvedad de recalcular de oficio los intereses compensatorios sobre el capital remanente, rechazando la actualización propuesta por la actora en la forma planteada.
¿Quién es el actor?
María Laura GARCIA.
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
liquidación de la condena dictada en autos (D-90641) por prestaciones de la Ley 24.557 (art. 17 inc. 2, art. 15 apartado 2, art. 11 inc. 4 apartado b y art. 3 de la Ley 26.773), en trámite de ejecución de sentencia.
¿Qué se resolvió?
aprobó en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada por la actora (ID E-1304510), con la salvedad establecida en el Considerando V; impuso costas a la demandada y reguló honorarios en el incidente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre el artículo 17 inc. 2: "( ... ) aprobar el monto denunciado en el ID E-1168783 ( ... ) ordenando el pago de ambos en los términos del punto 3 de la sentencia definitiva agregada en el ID D-90641". Por ello, "resulta errado el nuevo recálculo efectuado por este último, en la medida que pretende reabrir -en tiempo pretérito a la compensación del 25/09/25- esa liquidación y los accesorios resueltos que se encuentran firmes". Corresponde "aprobar el cálculo de los accesorios correspondientes al monto capital remanente de la compensación-$ 1.873.836,28-, desde el 26/09/2025 hasta el 06/04/2026 en el total de $624.660,01 y rechazar la actualización en la forma propuesta por la actora".
Sobre el RIPTE: "La sentencia de esta Sala oportunamente resolvió sobre las diferencias de cálculo existente entre las partes en tomo al RIPTE, pero de ninguna forma petrificó su cálculo". La nueva cuantificación del artículo 15 apartado 2 "tenga los cálculos actualizados a la fecha de presentación con los guarismos de actualización que impone la ley (inc. 2 art. 12, Ley Nº 24.557)" y se aprueba en $16.097.540,14.
Sobre el artículo 11 inc. 4 apartado b (precedente "Macias") no hubo diferendo: $4.198.437,78. Sobre el artículo 3 de la Ley 26.773 se aprueba $4.059.195,58, al ser correcto el cálculo sobre las bases anteriores.
Honorarios: base regulatoria de $26.853.669,79 (17% sentencia definitiva y 11% en el incidente), total $7.094.202,47. Costas a la demandada por resultar vencida (art. 78.1 CPCCLRyM).
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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