Margarita Olga Caussat 1)[' Acuña
Una beneficiaria previsional promovió reclamo de reajuste jubilatorio por la aplicación de los arts. 53 y 55 de la ley 18.037, y la Cámara declaró su inconstitucionalidad y ordenó recalcular el haber. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia, por entender que la Cámara excedió el alcance de su precedente al incluir la prescripción, defensa no opuesta en sede administrativa.
¿Quién es el actor?
Margarita Olga Caussat de Acuña.
¿A quién se demanda?
Caja de previsión social de origen (entes previsionales).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haber jubilatorio, con planilla comparativa y diferencias de retroactividad con actualización e intereses.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de fs. 187, con costas, ordenando dictar una nueva conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El alcance limitado otorgado por el a quo al fallo de este Tribunal pone de manifiesto que aquél se apartó del verdadero sentido que corresponde atribuir a lo decidido, toda vez que al haberse dejado sin efecto la sentencia recurrida se incluyó el tema referente a la declaración de la prescripción, máxime cuando esa defensa no fue opuesta, en sede administrativa, por los entes previsionales, pues la presentación de fs. 163 resulta tardía en mérito a los términos del art. 3962 del Código Civil."
"Atento a la naturaleza alimentaria de la cuestión controvertida y la importancia que aquella interpretación tiene sobre la entidad del crédito, que no se ajusta a lo ordenado por esta Corte, corresponde dejar sin efecto nuevamente la sentencia pero sólo en lo que ha sido objeto de agravio."
¿Cómo votaron los jueces?
sostuvo que "el a quo está impedido de aplicar la prescripción de oficio (art. 3964 cit.)" y que "lo que en definitiva deben resolver los jueces no se extiende a la admisión de defensas no esgrimidas", y propuso confirmar la sentencia apelada en lo que fue objeto del recurso, por cuanto "la jurisdicción de esta Corte está limitada por la extensión del recurso concedido".
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Constitución Nacionalarts. 17, 18 · Constitucion nacional
- Ley 23.568art. 2 · Jubilaciones y pensiones
- Ley 340
- Ley 18.037
Fallos que cita
- Acbával, Carmen Rosa s/jubilaciónCSJN · 19/04/1988
- Acuña, Margarita Olga Caussat de s/jubilaciónCSJN · 20/11/1990
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.