JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Bernardino Rolando Ochoa Zambrano

La Corte Suprema declaró que los recursos de hábeas corpus son extraños a su competencia originaria, por lo que no corresponde que el Tribunal entienda en ellos, según lo dispuesto en el art. 101 de la Constitución Nacional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 313:493
Competencia originaria Habeas corpus Corte suprema Articulo 101 constitucion nacional Jurisdiccion federal Competencia

¿Quién es el actor?

Bernardino Rolando Ochoa Zambrano

¿A quién se demanda?

DESCONOCIDO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hábeas corpus presentado ante la Corte Suprema.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró que los recursos de hábeas corpus son extraños a su competencia originaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los recursos de hábeas corpus son extraños a la competencia originaria del Tribunal, reglada por el art. 101 de la Constitución Nacional, lo que así se declara (Fallos: 305:1931 y 2281; 306:515 y 308:719 y 1931)."

Normas que cita

Fallos que cita

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