Carlos A. Ramirez
El defensor del coronel (R) Carlos Alberto Ramírez apeló la resolución que rechazó su pedido de desvinculación del proceso por aplicación de la ley 23.521 de obediencia debida. La Corte Suprema confirmó la resolución, por entender que la función de jefe de policía fue expresamente considerada por la ley para presumir capacidad decisoria y que no se acreditó objetivamente el no ejercicio efectivo del cargo.
¿Quién es el actor?
Coronel (R) Carlos Alberto Ramírez, representado por su defensor, como apelante (la parte que pide su desvinculación del proceso).
¿A quién se demanda?
el proceso penal se sigue contra Carlos Alberto Ramírez por hechos ocurridos durante la represión de la subversión, en el período en que se desempeñaba como jefe de la Policía de la Provincia de Santa Fe. Los particulares damnificados intervinieron en la instancia.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
que se lo desvincule definitivamente del proceso por aplicación de la ley 23.521 (obediencia debida).
¿Qué se resolvió?
la Corte confirmó la resolución de fs. 16/17 de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, que había rechazado el planteo. Por mayoría, se confirma la decisión; el dictamen del Procurador General, que proponía revocar y declarar comprendido a Ramírez en la ley, no fue acogido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la ley 23.521 [...] fue tomada en consideración por la ley, expresamente, para presumir que tuvo aquella capacidad." Resulta que la función de jefe de policía "fue tomada en consideración por la ley, expresamente, para presumir que tuvo aquella capacidad."
"...sólo podría provenir del examen del caso a la luz de la excepción admitida por este Tribunal [...] en el sentido de que únicamente una circunstancia objetiva e inmediatamente apreciable -como la prueba concluyente de que el cargo no fue efectivamente ejercido- tendría influjo para operar el desprocesamiento."
"...la constancia de fs. 112 es insuficiente [...] de manera alguna se establece allí, objetivamente y con certeza, que no medió el desempeño efectivo de la función de jefe de policía."
Se mencionan como precedentes los fallos de la misma Corte en "Suárez Mason" (S.551.XXI), "Gazari Barroso" (G.733.XXI), "Feced" (F.487.XXI) y "Juárez" (J.115.XXI), donde se aplicó la ley a oficiales superiores pero no a jefes de policía, categoría que la ley sí contempla expresamente.
No hubo disidencias: los cuatro ministros firman la decisión.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 23.521arts. 1, 5 · Fuerzas armadas
- Ley 23.049art. 10 · Codigo de justicia militar
- Constitución Nacionalarts. 67 inc. 11, 14 nuevo, 104, 105 · Constitucion nacional
- Ley 48art. 14 inc. 2 · Justicia nacional
- Ley 4882 (Provincia De Tucuman)art. 52
- Ley 18.037arts. 82, 83 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- Suárez Mason, Carlos Guillermo y otros s/ homicidio, privación ilegal de la libertadCSJN · 21/06/1988
- Gazari Barroso, Julián s/ rec. ord. de apel.CSJN · 24/05/1988
- Feced, Agustín y otros s/ homicidio, violación y torturasCSJN · 27/05/1988
- Juárez, Mirta y otros s/ dcia.CSJN · 27/05/1988
- Menéndez, Luciano Benjamín y otrosCSJN · 10/05/1988
- Mántaras, Mirtha s/ plantea inconstitucionalidad ley 23.521CSJN · 24/06/1988
- Competencia N° 199.XXI, Investigación de hechos ocurridos el 13/12/86 en Margarita BelénCSJN · 12/09/1988
- Costa, Juan FranciscoCSJN · 14/10/1986
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.