Luis Alberto Marcon! c/ Emilia Irma Frieboes de Bencich
El actor promovió demanda laboral contra la empresa fallida Luis Alberto Marcón, cuyo vínculo contractual había culminado antes de la falencia. La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia que condenó a la quiebra por contradecir las normas sobre privilegios concursales (arts. 264 y siguientes de la ley 19.551) y por carecer de fundamentación suficiente.
¿Quién es el actor?
Luis Alberto Marcón (parte recurrente).
¿A quién se demanda?
Emilia Irma Friebises de Bencich, en su calidad de empresa/parte demandada cuya falencia fue decretada.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo laboral por créditos derivados de una relación de trabajo.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia que condenó a la quiebra, ordenando dictar nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si el vínculo contractual en el que se fundó la demanda laboral culminó con anterioridad a que se decretara la falencia del demandado, la condena a la quiebra aparece en contradicción con las normas que rigen el régimen de los privilegios en el sistema concursal (arts. 264 y siguientes de la ley 19.551) desde el momento que asigna al crédito una condición -de la masa o de la quiebra- que va más allá todavía del mejor derecho reconocido al demandante con fundamento en el origen de su acreencia."
"Existe cuestión federal bastante, aunque los agravios del apelante remitan al examen de cuestiones fácticas y de derecho común, si el tribunal ha incurrido en serios defectos de fundamentación y en apartamiento de las disposiciones legales aplicables."
"Corresponde dejar sin efecto la sentencia que, a pesar de que sólo hizo lugar en forma parcial a la pretensión y de que no aceptó la existencia del despido que se había invocado para reclamar una abultada condena, prescindió de lo dispuesto en el art. 71 del Código Procesal sin dar motivación alguna."
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Normas que cita
- Ley 19.551art. 264 y siguientes
- CPCCart. 71
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