Saloman Julio
La Corte Suprema declaró improcedente un recurso de reposición interpuesto contra una sentencia suya, por cuanto sus decisiones no son susceptibles de reposición o revocatoria. El Tribunal reiteró el criterio establecido en Fallos 302:1319 y ordenó archivar las actuaciones.
Actor (particular damnificada): Juana Bayut de Salomón.
Demandado / imputado: Julio Salomón.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho deducido por la particular damnificada en la causa "Salomón, Julio s/lesiones culposas" (Causa N° 41.283), y presentación de fs. 47/49 vta. que pretendía la reposición de la sentencia de la Corte.
¿Qué se resolvió?
Se declaró improcedente la presentación de fs. 47/49 vta., se ordenó hacer saber, estarse a la intimación de fs. 43 y archivar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las sentencias del Tribunal no son susceptibles de reposición o revocatoria (Fallos: 302:1319)."
La decisión se funda exclusivamente en esta regla, sin desarrollos adicionales. La sentencia es unánime (cinco ministros firman sin disidencias).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Fallos que cita
- Fallos 302:1319CSJN
- Salomón, Julio s/lesiones culposas (Causa N° 41.283)CSJN · 08/06/1989
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.