Carlos Alberto Cuvillana y Lills Miguel Raggio
La Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad del art. 38 del decreto-ley 6582/58, que agravaba la pena del robo de automotor cometido con armas, por tratar de forma arbitraria y desproporcionada una situación igual a la de otros objetos de similar valor. Dejó sin efecto la condena de Raggio y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento sin aplicar esa norma.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (acusación en el proceso penal).
¿A quién se demanda?
Luis Miguel Raggio y Carlos Alberto Cuvillana.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Condena por robo de automotor agravado por el uso de armas (art. 38 decreto-ley 6582/58 en relación con art. 166 inc. 2 del Código Penal), con pena de nueve años de prisión.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada y se declaró la inconstitucionalidad del art. 38 del decreto-ley 6582/58. Los autos vuelven para un nuevo pronunciamiento sin aplicar esa norma. Votaron en este sentido Fayt, Petracchi y Bacqué; Caballero y Belluscio, en disidencia, rechazaron la queja.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
¿Cómo votaron los jueces?
"Desde antiguo esta Corte tiene establecido que la garantía de igualdad importa el derecho de todos a que no se establezcan privilegios o excepciones que excluyan a unos de lo que se concede a otros en iguales circunstancias... si bien no parece objetable prima facie que el legislador contemple el mayor valor económico de los bienes a los fines de otorgarle una protección especial... sí lo es el de haber circunscripto ese trato preferencial al caso de los automóviles, excluyéndose irrazonable y arbitrariamente de la figura agravada a otros obvios e innumerables objetos que poseen igual y aún mayor valor económico que aquellos."
¿Cómo votaron los jueces?
la pena mínima "llega a ser más grave que la pena mínima establecida para el homicidio simple (art. 79 del Código Penal)... Tales circunstancias ponen de relieve un ostensible e irrazonable desconocimiento del derecho constitucional... a ser sancionado con una pena cuya severidad sea proporcional a la gravedad del delito cometido y al bien jurídico tutelado."
¿Cómo votaron los jueces?
"la declaración de inconstitucionalidad de una disposición legal es un acto de suma gravedad institucional... únicamente cuando la repugnancia de la norma con la cláusula constitucional sea manifiesta, clara e indudable." Concluyeron que el planteo carecía de fundamentación adecuada y que la queja era formalmente improcedente.
Dictamen del Procurador General (D'Alessio), al que remitió la mayoría: propuso declarar formalmente procedente el recurso por la inconstitucionalidad del art. 38, pero sostuvo que la determinación de la escala penal es materia de política criminal reservada al legislador.
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Normas que cita
- Ley 6582art. 38
- Decreto-ley 6582art. 38
- Constitución Nacionalarts. 16, 28 y 33, 1, 17 y 18, 21, 22, 29, 67 inc. 11, 103 · Constitucion nacional
- Ley 14467
- Decreto-ley 412
- Ley 48arts. 14, 15 · Justicia nacional
Fallos que cita
- Fallos 310:1546
- Mercedes Benz Argentina S.A.C.I.F.I.N.01/10/1985
- Martínez, José Agustín s/ robo agravadoCSJN
- Chiappone, Lorenzo c/ Editorial Abril S.A.CSJN · 03/11/1983
- Palomar, Pedro Antonio s/ roboCSJN · 05/12/1985
- Fiscal c/ Coria Cabezas, Jorge SixtoCSJN · 19/02/1987
- Senseve Aguilera, Freddy - Peinado Hinojosa, Freddy s/ contrabandoCSJN · 12/03/1987
- Amicuzi, Héctor César c/ Textilia S.A.CSJN · 12/05/1983
- Vergara, Benancio J. y otrosCSJN · 13/03/1986
- Entel c/ Municipalidad de Córdoba s/ sumarioCSJN · 08/09/1987
- Ardas, Juan José s/ estafaCSJN · 20/03/1986
- Solem v. HelmCorte Suprema EE.UU.
- Weems v. United StatesCorte Suprema EE.UU. · 02/05/1910
- Marbury v. MadisonCorte Suprema EE.UU.
- Twining v. New JerseyCorte Suprema EE.UU.
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