JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Alberto Eduardo Flageat

El Banco Central de la República Argentina dispuso el comiso de valores secuestrados a Alberto Eduardo Flageat por operaciones ilegales en cambios, y la defensa impugnó por arbitrariedad la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico que rechazó la prescripción y confirmó el comiso. La Corte Suprema desestimó la queja, por cuanto la revisión del análisis de pruebas e indicios excede la vía extraordinaria y la sentencia contiene fundamentos suficientes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:861
Recurso de queja Recurso extraordinario Arbitrariedad de sentencia Prescripcion Comiso Operaciones ilegales en cambios Ley 19.359 Banco central Revision de hechos y pruebas Cuestion no federal

¿Quién es el actor?

Banco Central de la República Argentina (organismo que dispuso el comiso mediante resolución n° 553/82).

¿A quién se demanda?

Alberto Eduardo Flageat.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

comiso de "trescientos mil dólares y ciento noventa y nueve monedas de oro secuestrados o de los valores que los han sustituido", por infracción a la ley 19.359 (operaciones ilegales en cambios).

¿Qué se resolvió?

la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico rechazó la prescripción opuesta por la defensa y confirmó el comiso. La Corte desestimó la queja por recurso extraordinario denegado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...en el fallo anterior de este Tribunal se tuvo por configurada la causal de descalificación de la sentencia apelada en razón de haberse omitido el análisis pormenorizado de defensas y pruebas vinculadas al comiso de los valores secuestrados, como así también por no exponerse fundamentos que justifiquen haberlas desechado, lo cual no implica un pronunciamiento acerca de la pretensión de fondo articulada en el recurso, en el sentido de tratarse de hechos escindibles, y en consecuencia quedó en el ámbito del tribunal ordinario expedirse sobre tal cuestión, cuya naturaleza hace que su examen sea, como regla, ajeno a la vía excepcional."

"...la mera indicación de las defensas y pruebas cuya ponderación fue insuficiente o bien soslayada, con la aclaración de que ello no implicaba decisión sobre el resultado final al que pudieran arribar los jueces de la causa, no autoriza a otorgar a lo resuelto el mayor alcance que aduce la apelante..."

"...los restantes agravios desarrollados en el remedio federal, en cuya virtud se aduce la arbitrariedad de la sentencia, remiten al examen pormenorizado de cada una de las pruebas e indicios que el juzgador consideró concurrentes para arribar a la decisión impugnada, constituyen planteos que de admitirse importarían tanto como una revisión propia de una tercera instancia ordinaria, lo cual no resulta viable conforme a la jurisprudencia constante sobre la materia (Fallos 290:92; 293:218; 395:797)."

"...en el fallo se exponen suficientes argumentos de hecho y de derecho procesal y común, que avalan las conclusiones que motivan los agravios, y su acierto o error no constituyen motivos invalidantes de la sentencia en los términos de la doctrina de la arbitrariedad (Fallos: 286:137; 300:200)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Flageat, Alberto EduardoCSJN · 23/04/1987 · Fallos 308:358
  • Fallos 290:92CSJN
  • Fallos 293:218CSJN
  • Fallos 395:797CSJN
  • Fallos 286:137CSJN
  • Fallos 300:200CSJN

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