JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Anlbal Rudecindo Zacarias y Otros c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro

Los trabajadores contratados por la Caja Nacional de Ahorro y Seguro para tareas de vigilancia reclamaron las indemnizaciones por despido bajo la Ley de Contrato de Trabajo. La Corte Suprema hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia que había rechazado la demanda, por considerar que la decisión era arbitraria al apartarse de las constancias de la causa y de la ley invocada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:464
Recurso extraordinario Arbitrariedad de sentencia Contrato de trabajo Empleo publico Contratacion administrativa Caja nacional de ahorro y seguro Despido incausado Ley 21.418 Ley 22.140 Interpretacion de la ley.

¿Quién es el actor?

Aníbal Rudecindo Zacarías y otros.

¿A quién se demanda?

Caja Nacional de Ahorro y Seguro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnizaciones por despido incausado, por considerar que la relación se regía por la Ley de Contrato de Trabajo.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a la queja y al recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y se remite el expediente al tribunal de origen para que dicte una nueva sentencia conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Resulta claro que fue intención expresa de la demandada no incluir a los recurrentes en la planta de personal permanente" (considerando 7°).

"La conclusión del tribunal inferior en grado resulta meramente conjetural y apartada de las constancias de autos y del texto mismo de la ley que invoca en respaldo de sus tesis" (considerando 8°).

"Nada obsta a que la administración o sus entes autárquicos celebren convenciones con los particulares que se rijan por normas de aquel carácter. Del mismo modo, la sola celebración de un contrato ad-hoc no convierte por ese sólo hecho al empleado en un empleado público" (considerando 9°).

"La exégesis de la ley requiere la máxima prudencia, cuidando que la inteligencia que se le asigne no pueda llevar a la pérdida de un derecho" (considerando 9°).

"No es admisible someterse a los actores a una jurisdicción distinta de la que la naturaleza del contrato permitía prever, ante el solo hecho de no estar incluidos en el régimen laboral, pues en esta materia debe prevalecer aquel ordenamiento que sea favorable al trabajador" (considerando 11).

Se admitió la procedencia formal del recurso por tratarse de una cuestión federal (art. 14 inc. 3°, ley 48) y, además, por arbitrariedad de la sentencia (considerandos 5° y 12).

Normas que cita

Fallos que cita

  • DeutschCSJN · 04/09/1984
  • Nordenstohl, Gustavo Jorge c/Subterráneos de Buenos AiresCSJN · 02/04/1985
  • Capitán, Jorge Santa Ana y otrosCSJN · 27/06/1985
  • Fallos 200:87CSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.