JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Electores D' Gobernador y Vicegobernador de la Provincia Db Corrientes

Electores de Gobernador y Vicegobernador de Corrientes promovieron recurso extraordinario contra el fallo del Superior Tribunal provincial que interpretó el artículo 114 de la Constitución local sobre la elección de autoridades del Colegio Electoral en caso de empate. La Corte desestimó la queja por considerar que la cuestión se había tornado inoficiosa, ya que la actuación del Colegio se desarrolló prescindiendo de ese aspecto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 314:1755
Recurso extraordinario Queja Inoficiosidad Requisitos formales Fundamentacion autonoma Colegio electoral Constitucion de corrientes Articulo 114 Eleccion de autoridades Empate en votacion

¿Quién es el actor?

Partido Justicialista (recurrente en queja), en la causa Electores de Gobernador y Vicegobernador de la Provincia de Corrientes.

¿A quién se demanda?

Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario contra la interpretación del artículo 114 de la Constitución de Corrientes respecto del modo de elección de Presidente y Secretario definitivos del Honorable Colegio Electoral en caso de votación empatada.

¿Qué se resolvió?

Se desestima la queja.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando (mayoría): "Que la cuestión planteada se ha vuelto por el momento inoficiosa, toda vez que la actuación del Colegio Electoral de que dan cuenta las piezas obrantes en la causa se ha desarrollado con prescindencia del aspecto arriba indicado; sin perjuicio de su posible ulterior consideración si fuere necesario para resolver integralmente el conflicto suscitado."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el mencionado recurso no observa el requisito de fundamentación autónoma, ni contiene la refutación de todos y cada uno de los motivos en que se sustenta la sentencia contra la que se lo interpone, lo cual no es subsanable mediante el recurso de queja."

Lo sustancial de la mayoría es la inoficiosidad de la cuestión; los argumentos de fundamentación insuficiente corresponden al voto individual del Dr. Belluscio.

Normas que cita

  • Constitución (Corrientes)art. 114

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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