Patricia Leroux de Emede c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires
La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que condenó a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires al pago de indemnizaciones laborales por antigüedad, preaviso y despido por causa de embarazo. El tribunal revocó la decisión anterior por considerar que carecía de fundamentación suficiente y que el régimen aplicable era el estatutario, no la Ley de Contrato de Trabajo.
¿Quién es el actor?
Patricia Leroux de Emede
¿A quién se demanda?
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnizaciones por antigüedad, preaviso y despido por causa de embarazo, previstas en la Ley de Contrato de Trabajo.
¿Qué se resolvió?
Se admite el recurso extraordinario por falta de fundamentación suficiente de la sentencia recurrida. En cuanto al fondo, frente a la existencia de un régimen jurídico específico para los dependientes municipales y a lo dispuesto por el art. 2°, inc. a), de la Ley de Contrato de Trabajo, no es admisible sostener que la relación se regía por la ley laboral común. Las costas se imponen en el orden causado (art. 68 del Código Procesal).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Es admisible el recurso extraordinario contra la sentencia que condenó a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires al pago de las indemnizaciones por antigüedad, preaviso y despido por causa de embarazo prevista en la Ley de Contrato de Trabajo, si lo resuelto satisface sólo de manera aparente la exigencia de constituir una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a los hechos comprobados de la causa." Asimismo: "Frente a la existencia de un régimen jurídico específico que reglamenta los derechos de los dependientes de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y a la disposición del art. 2°, inc. a), de la Ley de Contrato de Trabajo, según la cual el régimen no es aplicable a los dependientes de la administración pública salvo que por acto expreso se los incluya en éste o en el de las convenciones colectivas de trabajo, no es admisible sostener que la relación de empleo se hallaba regida por la ley laboral común."
Las costas deben ser soportadas en el orden causado si las consideraciones expuestas por la Corte en anteriores precedentes pudieron haber motivado a la actora a creerse con derecho para resistir la concesión del remedio federal.
Nota: el sumario indica una disidencia del Dr. Eduardo Moliné O'Connor respecto del requisito de introducción y mantenimiento de la cuestión federal, la cual no integra la decisión mayoritaria.
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Normas que cita
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 20.744
Fallos que cita
- Leroux de Emede c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos AiresCSJN · Fallos 312:245
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