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Cámara de Apelaciones

Legajo N° 2 - IMPUTADO: PARE Y RUIZ , MATIAS EZEQUIEL Y OTRO s/LEGAJO DE PRORROGA DE PRISION PREVENTIVA

La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga de las prisiones preventivas de Matías Ezequiel Pare y Ruiz y William Javier Zalazar, dispuesta por el Tribunal Oral Federal nro. 5 de San Martín con base en el art. 1° de la ley 24.390. Encomendó al tribunal de juicio fijar fecha de debate y garantizar su comienzo y celeridad mediante herramientas tecnológicas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FSM 014445/2024/TO01/5/2/CFC002
Prision preventiva Prorroga Ley 24.390 Plazo razonable Debate oportuno Celeridad procesal Tribunal oral federal nro. 5 de san martin Medidas cautelares Garantias procesales Herramientas tecnologicas

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Dr. Carlos Cearras.

¿A quién se demanda?

Matías Ezequiel Pare y Ruiz y William Javier Zalazar, sometidos a prisión preventiva.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

prórroga de la prisión preventiva por seis meses, a partir del vencimiento del 19 de octubre de 2026, en los términos del art. 1° de la ley 24.390.

¿Qué se resolvió?

la Cámara tomó nota de las prórrogas dispuestas y encomendó al Tribunal Oral Federal nro. 5 de San Martín fijar fecha de audiencia de debate, garantizando su comienzo y celeridad mediante herramientas tecnológicas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En atención a que la prórroga dispuesta se encuentra fundada en las condiciones de la norma citada, habrá de tomarse nota de la medida adoptada y encomendarse al tribunal de juicio que fije fecha de audiencia de debate, y mediante la utilización de todas las herramientas tecnológicas a su disposición garantice su comienzo e imprima celeridad a su desarrollo." Asimismo, el tribunal de origen había resuelto "HACER LUGAR a la solicitud efectuada por el fiscal general, Dr. Carlos Cearras, y, en consecuencia, PRORROGAR la prisión preventiva de MATÍAS EZEQUIEL PARE Y RUIZ y WILLIAM JAVIER ZALAZAR, a partir del día de su vencimiento (19 de octubre de 2026), por el término de SEIS MESES (art. 1° de la ley 24.390)."

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