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Cámara de Apelaciones

CASARIEGO, LORENA PAOLA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora apeló la sentencia de primera instancia que la indemnizó por una incapacidad parcial y permanente del 9,50% por enfermedad profesional, cuestionando el método de capacidad restante, el rechazo del daño psíquico y los intereses de condena. La Cámara confirmó el cálculo de la incapacidad y el rechazo de la inconstitucionalidad del decreto 659/96, y modificó el régimen de intereses aplicando el decreto 669/2019 (RIPTE y, en mora, tasa activa del Banco Nación).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA X
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 007131/2022/CA001
Incapacidad laboral Enfermedad profesional Capacidad restante Decreto 659/96 Dano psiquico Inconstitucionalidad Intereses Ripte Decreto 669/2019 Ley 27.348

¿Quién es el actor?

Lorena Paola Casariego.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por incapacidad laboral derivada de enfermedad profesional, con intereses.

¿Qué se resolvió?

la Cámara modificó la sentencia apelada en materia de intereses y confirmó el resto. Impuso las costas de alzada en el orden causado y reguló honorarios de la representación de la parte actora en el 30% de lo que le corresponda por la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Incapacidad: "es ajustado el cálculo de la incapacidad derivada de la enfermedad profesional objeto de reclamación en la especie, sobre la capacidad residual de la trabajadora, lo cual arroja un déficit de 9,50% (37,48% capacidad residual x 25,4%: incapacidad física más factores de ponderación aplicables) tal como se estableció en el fallo de grado."

Daño psíquico: "no advierto que se encuentre debidamente demostrada en la presente contienda la existencia de un padecimiento psíquico en nexo de causalidad adecuado con los sucesos de autos (art. 386 del CPCCN)."

Inconstitucionalidad del decreto 659/96: "la declaración de inconstitucionalidad constituye la última ratio del ordenamiento jurídico y sólo procede ante la verificación de una lesión constitucional concreta, clara y debidamente acreditada, extremo que no se configura en autos."

Intereses: "el decreto 669/2019 se aproxima en sus efectos a una disposición integradora del sistema, que por su art. 3°, en juego armónico con el art. 20 de la ley 27.348, alcanza a las contingencias acaecidas desde la entrada en vigencia de esta última ley." Se dispone calcular intereses según RIPTE hasta la liquidación y, sólo en mora, la tasa activa del Banco Nación, y se aclara que no corresponde aplicar la Resolución SRT 1039/19 por implicar un exceso reglamentario.

Normas que cita

  • Ley 24.557arts. 14, 12 · Ley de riesgos del trabajo
  • Ley 26.773arts. 3, 1 · Riesgos del trabajo
  • Ley 27.348arts. 4, 20 · Riesgos del trabajo
  • Decreto 659
  • Decreto 669arts. 1, 3
  • Ley 26.856art. 1 · Justicia
  • CPCCNarts. 68, 279, 386, 472, 477 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CCyCNarts. 767, 768, 770 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Resolución 1039

Fallos que cita

  • Iglesias Priotti, Rodrigo Ezequiel c/ Provincia ART S.A.CNAT Sala X · 09/04/2021
  • La Iacona, Juan Manuel c/ Provincia ART S.A.CNAT Sala IV · 21/09/2023

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