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Cámara de Apelaciones

PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO C/ COMPAÑÍA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA SOCIEDAD ANÓNIMA Y OTROS S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

Los actores promovieron una demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en el que falleció una motociclista, y una acción de recupero por las prestaciones abonadas por la ART. La Cámara confirmó el rechazo de ambas pretensiones al considerar que la víctima, al no respetar la prioridad de paso del automóvil que circulaba por su derecha, produjo una causa ajena con aptitud para interrumpir el nexo causal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL - DOLORES
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
107781
Responsabilidad objetiva Hecho de la victima Causa ajena Nexo adecuado de causalidad Prioridad de paso Ley 24.449 Accidente in itinere Derecho de repeticion Art Ley 24.557

¿Quién es el actor?

José María Pasarín, en representación de sus hijos menores de edad (expediente n° 107.783), y Prevención Aseguradora de Riesgos de Trabajo (expediente n° 107.781).

¿A quién se demanda?

Fernando Luis Ferreiro y Stella Maris Giménez, con citación en garantía a Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

En el expediente n° 107.783, indemnización por los daños y perjuicios derivados del hecho de tránsito ocurrido el 12.1.2019 en la intersección de las calles Avutarda y Jacarandá de Cariló, en el que falleció Miriam Britez, conductora de una motocicleta. Reclamó pérdida o disminución de patrimonio, lucro cesante, daño por consecuencias no patrimoniales, daño psicológico o psíquico, gastos médicos, de tratamiento psicológico y de traslado. En el expediente n° 107.781, el cobro de las sumas que la ART abonó a raíz del accidente in itinere, con fundamento en el art. 39 inc. 5 de la ley 24.557.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia del 2.2.2026 que había desestimado la demanda de daños y perjuicios y la acción de recupero. Impuso las costas de Alzada a las apelantes vencidas y difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Contra la sentencia única dictada el 2.2.2026, interpuso la parte actora en el proceso sobre daños y perjuicios (n° 107.783) el recurso de apelación del 10.2.2026..." (Antecedentes del recurso).

Sobre la prueba pericial, el voto mayoritario expresó: "el dato no puede ser examinado aisladamente ni prevalecer automáticamente sin razones válidas por sobre otros elementos probatorios incorporados al expediente, como así tampoco por sobre el resto de las conclusiones de esa misma pericia".

Sobre la prioridad de paso: "la norma prevé que es un derecho absoluto y sólo se pierde en ciertas circunstancias, por lo que no se trata de una pauta de cordialidad urbana sino de una regla de derecho positivo que debe ser atendida."

Sobre la conducta de la víctima: "La conducta de la víctima opera, por ende, con aptitud suficiente para quebrar el nexo adecuado de causalidad, por lo que considero que los agravios no logran modificar la sentencia apelada."

Sobre el recupero: "La procedencia del recupero presupone, necesariamente, que éstos revistan la condición de sujetos civilmente responsables de los daños que hubieran determinado y fueran la causa del otorgamiento de aquellas prestaciones."

Conclusión: "Descartada, por consiguiente, la responsabilidad civil del conductor y del titular registral, queda privada de sustento la pretensión dirigida a trasladarles las consecuencias patrimoniales de prestaciones que la ART debió satisfacer..."

Normas que cita

  • Ley 24.449arts. 39, 41, 64 · Ley de transito
  • Ley 13.927 (Provincia De Buenos Aires)
  • Ley 24.557art. 39 · Ley de riesgos del trabajo
  • CCyCarts. 1716, 1717, 1721, 1722, 1723, 1729, 1734, 1737, 1744, 1757, 1758, 1769 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • CPCC (Buenos Aires) (Provincia De Buenos Aires)arts. 34, 163, 260, 263, 272, 330, 354, 358, 375, 384, 473, 474
  • Constitución Nacionalart. 18
  • Constitución (Provincia De Buenos Aires)arts. 15, 168
  • Ley Ley de Honorarios Profesionales (Provincia De Buenos Aires)art. 31

Fallos que cita

  • LP C 120758SCBA · 29/08/2017
  • C. 105.237, "Sosa"SCBA · 30/06/2010
  • Expte. n° 106.194Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Dolores · 10/07/2025
  • Expte. n° 106.657Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Dolores · 11/12/2025
  • Expte. n° 106.328Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Dolores · 02/09/2025

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