SALGUERO MARIA JOSE C/ AUTOSEGURO DE LA GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL N°4
La actora reclamó indemnización por incapacidad física derivada de un accidente de trabajo sufrido en la Escuela Secundaria N° 11 de Lomas de Zamora, en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo y su régimen de autoseguro provincial. El Tribunal de Trabajo N° 1 de Morón hizo lugar parcialmente a la demanda, fijó una incapacidad física del 7,02% y condenó a la demandada al pago de $2.175.581,31, declarando además la inconstitucionalidad del DNU 669/19.
¿Quién es el actor?
María José Salguero, docente de Educación Física dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Autoaseguro de la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires (Dirección General de Cultura y Educación).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias de la Ley de Riesgos del Trabajo por secuelas incapacitantes derivadas del accidente sufrido el 25/06/2019 (caída con golpe en la rodilla derecha al tropezar con una bolsa de pelotas), con reclamo adicional de incapacidad psicológica del 10%.
¿Qué se resolvió?
Se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad de los arts. 6, 15, 18, 21, 22, 46 y 50 de la LRT, decretos 717/96, 1278/00 y 410/01, arts. 3, 4 y 17 inc. 5 de la ley 26.773, arts. 1 y 2 de la ley 27.348 y art. 4° de la ley 25.561, por tratarse de cuestiones abstractas o carentes de fundamento. Se declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19. Se hizo lugar parcialmente a la demanda, se fijó una incapacidad física parcial y permanente del 7,02% y se condenó al pago de $2.175.581,31, con costas a la demandada vencida. No se hizo lugar a la incapacidad psicológica por falta de tramitación en sede administrativa y consentimiento de la desestimación de la prueba.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Dable es señalar que con la tramitación del Expte Administrativo SRT N° 494/21, iniciado por la damnificada ante la Comisión Médica Jurisdiccional N° 38 de Morón, encuentro acreditado que María José SALGUERO dio cumplimiento con la instancia previa, obligatoria y excluyente (...) prevista por el art. 1° de la ley 27.348 y art. 2 inc. 'j' de la ley 15.057".
"No encuentro por ello que el paso previo por la instancia administrativa y de carácter obligatorio - en la medida que cuente con un adecuado control y amplia revisión judicial -, conculquen los derechos de los trabajadores, consagrados constitucionalmente".
Sobre la inconstitucionalidad del DNU 669/19, el tribunal se remitió a SCBA L. 129800 (Muzychuk), citando a la Dra. Kogan: "La invalidez del decreto de necesidad y urgencia 669/19 es incontrastable. No justifica la potestad ejercida, tanto en lo relativo a la configuración de una emergencia, cuanto a la imposibilidad de seguir el procedimiento legislativo".
Sobre intereses, se transcribió: "Dado que la acción de inconstitucionalidad deducida no se asienta en ningún cálculo real fundado en el reclamo (...) fundando su pedido en escasos párrafos", y se remitió a SCBA L. 132.729 (Galarza): la ley 27.348 "proporciona una respuesta orientada a justipreciar la prestación dineraria debida acorde a parámetros, pautas o mecanismos destinados a recomponer el crédito mediante el reajuste de la base salarial".
Sobre el carácter obligatorio del baremo: "la utilización de la Tabla de Incapacidades Laborales, prevista en el Anexo I del Dec. 659/96, es de uso obligatorio en casos como el presente".
¿Cómo votaron los jueces?
dejó a salvo su opinión respecto de la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928, por considerar que la ley 27.348 constituye una excepción a la prohibición de actualización.
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Normas que cita
- Ley 24.557arts. 6, 8, 14, 21, 22, 46 · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773arts. 3, 4, 8, 9, 17 · Riesgos del trabajo
- Ley 27.348arts. 1, 2, 11, 12, 14 · Riesgos del trabajo
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 2 inc. j, 24, 54, 89
- Ley 14.997 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 23.928arts. 7, 10 · Convertibilidad del austral
- Ley 25.561art. 4 · Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 669/19
- Decreto 659/96art. Anexo I
- Decreto 1694/09
- Decreto 472/14
- Decreto 717/96
- Decreto 1278/00
- Decreto 410/01
- Decreto 3858/07 (Provincia De Buenos Aires)
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