FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DI GIROLAMO DANTE S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal de apremio contra Dante Di Girolamo por un capital de $3.392.419,10. El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución, por haber perdido la parte demandada el derecho a oponer excepciones dentro del plazo legal.
¿Quién es el actor?
FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
¿A quién se demanda?
DANTE DI GIROLAMO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de capital reclamado en concepto de apremio provincial, por PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE CON 10/100 ($ 3.392.419,10), con intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal (texto según resolución M.E. nº 39/2.011) desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
el Tribunal mandó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago, impuso las costas a la vencida y difirió la regulación de honorarios para su oportunidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC)".
"Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos."
"Hallándose la parte demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 13.406 (Provincia De Buenos Aires)arts. 7, 10, 24, 25
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 34, 51
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 41, 68, 116, 155, 540, 549, 556
- CF (Provincia De Buenos Aires)art. 104
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.